Conseguir una quita de 1,8 millones sin pisar un juzgado es posible en Asturias

Oriol López
Oriol López REDACCIÓN

ASTURIAS

Joaquín Mastache e Inés Pañeda, en su despacho de Oviedo
Joaquín Mastache e Inés Pañeda, en su despacho de Oviedo

La mediación, un mecanismo al que los litigantes acuden voluntariamente para alcanzar un acuerdo, crece en en el Principado. En otros países el 50% de los procesos optan por esta vía

17 ene 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La resolución de conflictos se ha basado durante los últimos siglos, básicamente, en los juzgados. Cuando existe un problema entre dos partes generalmente acuden a la Justicia para que el magistrado aplique la jurisprudencia que corresponda a aquél que considere culpable del hecho. Actualmente los juzgados están colapsados de casos, pero existe una vía alternativa que la mayoría de la gente no conoce y que ahorra tiempo, dinero y muchos problemas en comparación con un proceso al uso. Estamos hablando de la mediación, un mecanismo voluntario, ágil y flexible en el que ambas partes, asistidas por un tercero imparcial -el mediador-, intentan solucionar su conflicto sin llegar a los tribunales. En Asturias es ya una realidad gracias a unos 18 miembros adscritos a la Asociación Española de Mediación (ASEMED), además de otros individuales. Estos solucionan problemas que van desde disputas familiares a temas mercantiles o concursos de acreedores y cláusula suelo, consiguiendo quitas de deuda de hasta 1,8 millones de euros.

«Una de las cosas más importantes de la mediación es convertir al que tiene un conflicto con otro en un sujeto activo en busca de la resolución del problema», explican Joaquin Mastache e Inés Pañeda, presidente y secretaria General, respectivamente, de la Junta Arbitral de Asturias. Ambos pertenecen a la Asociación Española de Mediación, la primera a nivel nacional reconocida por el Ministerio de Justicia para ejercer en todo el territorio español, y llevan el despacho ASEMED-Asturias. «El semblante y la seriedad de un juez ya genera una distancia inevitable. Ahora, si nos reunimos con un mediador que nos facilita que tengamos un acuerdo, todo eso lo hace mucho más amable y rápido», explica Mastache, que argumenta que cuando cuando se va al juez, más que ir a pedirle que aplique la Ley, la gente va a que «le den la razón, aunque a lo mejor no la tengan». «Cuando dos personas van a un mediador van con buena fe a ponerse de acuerdo», apostilla. El acuerdo al que llegan las dos partes se plasma en un acta de mediación, que tiene el mismo valor que una sentencia y es ejecutable delante de un juzgado.

El futuro de los litigios

Joaquín Mastache e Inés Pañeda lo tienen muy claro. Creen firmemente que la mediación es el futuro al que se ven encaminados los litigios, a pesar de que el sistema cuenta también con detractores dentro del mundo judicial. «Muchos letrados echan por tierra a la mediación porque se ven superados por esta nueva figura, al igual que jueces que ven en este mecanismo una competencia, como si les quitase prestigio», afirma Mastache. Una de las razones que quizá llevan a un abogado a estar en contra de la mediación pueden ser sus honorarios. «Si el abogado lleva un concurso de acreedores le puede cobrar un dineral al cliente, pero si lo mete por mediación no podrá recibir más de X cantidad que está pactada. Por ello hay abogados que la evitan», explican. Para Mastache y Pañeda la mediación trata de implantar una «cultura de la paz». «Trata de solucionar las cosas de la forma más ética y sin mayores estragos. La sociedad todavía tienen que cambiar el chip, como con todo lo nuevo, pero en unos años y con una mayor difusión seguramente alcancemos a EE UU», aseguran, añadiendo que en el país norteamericano el 50% de los casos optan por esta vía.

Especializados en mediación concursal

Aunque la mediaciación puede aplicarse a todo tipo de asuntos entre dos partes, como temas civiles y mercantiles, familiares, penales, contencioso-administrativos, etc. Joaquín Mastache e Inés Pañeda están especializados en uno en particular: la mediación concursal. «Este tipo de mediación busca evitar que la persona física o jurídica vaya a concurso de acreedores, y que con unas quitas lleguen a un acuerdo con los adeudados. Se plasma un acuerdo extrajudicial de pagos y se eleva a público con el mismo valor que una sentencia, al igual que el resto de modalidades», expone Pañeda. En su despacho han conseguido quitas de hasta 1,8 millones de deudas sobrevenidas, lo que permite al deudor, en cierta manera, «rehacer un poco su vida». El ejemplo paradigmático que exponen es el de un constructor que compró terrenos por una elevada suma y que luego, al estallar la burbuja y bajar la demanda de pisos, se quedó a medias de vender o construir. «Esa persona no estafó a nadie, le sobrevino esa situación», argumenta Mastache, que prosigue añadiendo que «ese señor perderá sus propiedades, porque tuvo que entregarlas al banco, pero la mediación concursal puede exonerarle de la deuda líquida que tenga con la entidad al demostrarse que ha sido una situación fortuita».

En caso de que las partes no llegasen a un acuerdo es cuando entra en juego la Ley de la Segunda Oportunidad, donde el emprendedor, pasando esta vez por la vía ordinaria, puede peticionar que el juez le exonere de sus deudas. «El solicitante tiene que demostrar que actúa de buena fe y cumplir una serie de requisitos, pero a efectos prácticos es como un borrón y cuenta nueva», cuenta Inés Pañeda. A pesar de su efectividad es un mecanismo que actualmente todavía lo utiliza muy poca gente, sobre todo por desconocimiento.  

Cláusulas suelo

La mediación también tiene algo que decir que un tema que está de plena actualidad, como es el de las cláusulas suelo. Con esta cuestión y la de los gastos de formalización de hipotecas, -«que también hay que devolverlos»-, los juzgados están teniendo un grandísimo colapso y están intentando descargar casos a través de la mediación. La cosa no queda ahí, sino que también se está estudiando la obligatoriedad del mecanismo en este tema, la cual califican de «bastante probable» en un futuro. Los afectados podrán reclamar, además del dinero indebidamente cobrado por los bancos por las cláusulas suelo, los gastos de formalización las facturas de Notaría y Registro de la Propiedad y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

El compliance, un documento clave en las empresas

Otra de las principales tareas que desarrollan en ASEMED-Asturias y otros despachos de mediación es la elaboración de compliances para las empresas. Se trata de un documento de cumplimiento normativo que analiza los riesgos y delitos a los que está expuesta la compañía, creando una serie de canales para evitarlo a través de la formación a sus empleados. «En el 2010 apareció en el Código Penal un delito nuevo, que es la responsabilidad penal de las personas jurídicas. A partir de entonces, si un empleado delinque arrastra consigo a la empresa», desarrolla la secretaria general de la asociación. La empresa tendría tanta responsabilidad como el trabajador por no cogerle a tiempo ni poner los mecanismos necesarios para averiguar sus actividades. A partir de junio del 2015 una reforma del Código Penal añadió que si la empresa tiene un compliance, y se ven en una de estas situaciones de estos el juez puede minimizar mucho la penalización e incluso exonerarla de responsabilidad, prosiguiendo la causa con la persona física. «Es como la Protección de Datos o la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, prevención pura y dura. A día de hoy es prácticamente obligatorio tenerlo», comenta Pañeda, hasta el punto de que por una directiva de la Unión Europea todas las empresas que quieran optar a un contrato publico han de tener este documento.