El juez adelanta la declaración de Villa a la próxima semana

Europa Press REDACCIÓN

ASTURIAS

El secretario general de SOMA-FIA-UGT, José ángel Fernández Villa, durante su intervención en la XXXII Fiesta Minera.
El secretario general de SOMA-FIA-UGT, José ángel Fernández Villa, durante su intervención en la XXXII Fiesta Minera. J. Casares

La coincidencia de la declaración con otros casos de su letrada ha obligado a modificar la fecha, prevista en principio para el 7 de marzo

23 feb 2017 . Actualizado a las 17:36 h.

El exlíder sindical José Ángel Fernández Villa declarará finalmente el próximo 3 de marzo y no el 7 del mismo mes como se había señalado anteriormente a petición de la letrada de su defensa, Ana Boto, a la que le coincidía con otro juicio. La declaración será en la sala polivalente de este juzgado de instrucción número 2 de Oviedo por la causa abierta por supuesta apropiación indebida. El juzgado dictó esta semana, mediante una providencia, que no concurre «motivo o impedimento alguno» para que Villa se desplace a la sede judicial. Si no acude o no justifica causa legítima que se lo impida, la orden de comparecencia podrá convertirse en orden de detención.

La decisión judicial viene precedida de un auto de la Audiencia Provincial en el que desestimó el recurso presentado por Fernández Villa, con el que pretendía no declarar en la causa abierta por el SOMA-Fitag-UGT y la Fundación Infide relativa a un supuesto delito de apropiación indebida. El exdirigente del Soma tendría que haber declarado el pasado 11 de enero en el Juzgado de Instrucción número 2 de Oviedo, pero su defensa alegó entonces motivos de salud para eludir la comparecencia.

El auto publicado destaca lo «sorprendente» de que la defensa de Villa quiera evitar su declaración alegando su estado de salud mental mientras que «finaliza el argumento del motivo de apelación encomiando la participación del investigado y su activa presencia en el proceso y audiencia». «La supuesta enfermedad mental con la que la defensa se afana en eludir esa comparecencia es algo que tiene que observar el propio titular del órgano judicial que instruye», fijó la Audiencia.