El juez ve increíbles las explicaciones de los padres sobre las fotos de Nadia

Javier Romero / R. R. García REDACCIÓN / LA VOZ

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Adrià Ropero | EFE

Desmonta en su auto todas las argumentaciones ofrecidas por el matrimonio

18 ene 2017 . Actualizado a las 08:05 h.

Ni relaciones sexuales «discretas» con la niña dormida ni fotos de la pequeña desnuda que respondían únicamente a una finalidad médica o a un ámbito estrictamente familiar. El juez no se creyó ninguna de las explicaciones ofrecidas por los padres de Nadia, por lo que el pasado viernes decidió abrir una nueva causa contra ellos. De esta forma, a las diligencias previas por «estafa agravada» se suma ahora una investigación por los presuntos delitos de exhibicionismo, provocación sexual y explotación sexual, fundamentados en el análisis de las imágenes localizadas en un lápiz electrónico que pertenecía al padre. Pero qué hizo dudar al magistrado de instrucción de la Seo de Urgel de la declaración aportada por Fernando Blanco y Margarita Garau. Sus argumentos aparecen expuestos en el auto en el que decide abrir nuevas diligencias, al que ha tenido acceso La Voz, y en el que desmonta las alegaciones del matrimonio.

Tal y como indicó en un auto anterior, las polémicas imágenes se han dividido en dos grupos. El primero, que consta de 41 instantáneas, está conformado por las imágenes en las que la menor al parecer presencia las relaciones íntimas de sus padres, que tienen encaje en el tipo penal de exhibicionismo y provocación sexual.

El juez expone crudamente que «estas fotografías muestran unas relaciones sexuales explícitas, y ello porque las imágenes muestran diferentes posturas sexuales, movimientos alborotados, primeros planos de los genitales de ambos, felaciones y, especialmente, la utilización de flash para su obtención. En definitiva, no pueden calificarse como discretas», que es lo que había alegado la pareja. Tampoco se cree que, ante estas circunstancias, la niña pudiera estar dormida y que Nadia no tuviese conocimiento de lo que estaba ocurriendo, tal y como defendieron Fernando y Margarita. 

En el mismo colchón

«Este instructor -asegura- no puede dar credibilidad a dichas afirmaciones. En primer lugar, la menor se encuentra a escasa distancia de los progenitores, en el mismo colchón, a unos escasos centímetros de distancia. En segundo lugar, puede apreciarse en el fondo de las imágenes la televisión encendida. En último lugar, en las diferentes fotografías pueden apreciarse los pies de la menor, que aparecen en diferentes posturas». Este último apunte le hace sospechar que la menor «no estaba dormida, como aseguran los investigados», por lo que cree que «o bien estaba despierta o bien se despertó mientras los padres mantenían relaciones íntimas». Sobre este aspecto concluye que las fotos «muestran unas imágenes sexuales tan explícitas que la menor, a pesar de la enfermedad padecida, necesariamente debía entender la significación de los actos que sus progenitores realizaban en su presencia, debiéndose descartar por lo expuesto que la menor estuviera dormida».

En el segundo grupo de fotos, un total de nueve, es en el que Nadia aparece desnuda, «siempre en diferentes actitudes». Y no se cree que su realización obedezca a dos finalidades distintas como el control de la evolución médica de la menor o retratarla en «gestos graciosos», tal y como explicaron los padres. «Ambas finalidades -dice el instructor- son difícilmente compatibles».

Ni imágenes de carácter familiar ni con una finalidad médica

Sobre las fotos de Nadia desnuda, los padres alegaron que tenían una finalidad médica, para realizar el seguimiento dermatológico de la tricotiodistrofia, la enfermedad rara que sufre la pequeña, de 12 años. El juez entiende que si este fuera el propósito «deberían retratar los concretos problemas cutáneos de la menor, y no generales del cuerpo desnudo, con escasa resolución e imposibilidad de identificar las dolencias». Tampoco le cuadra que, si este fuera el objetivo, las instantáneas se circunscriban a un «período de tiempo concreto», ya que «no existe una verdadera colección de fotografías médicas de la menor que permita observar su evolución». En su defensa, el padre dijo que en el material informático que aún está por desvelar sí hay fotos de detalles del cuerpo.

Pero al instructor le llama aún más la atención el argumento de los investigados del carácter familiar de los retratos. «Si atienden a una finalidad de recuerdos familiares -razona-, no se concibe que estén agrupadas en carpetas en las que únicamente existen fotos de la menor desnuda». Sobre el hecho de que la pequeña tiene un carácter espontáneo y juguetón, el juez entiende que «corresponde a los padres velar por no retratar dichos momentos, especialmente si la menor está desnuda y en posiciones indiscretas». Y asegura que ninguna de ellas puede encuadrarse en lo que el matrimonio entiende como imágenes de «absoluta normalidad». El responsable de la investigación desvela en este sentido que hay «fotografías de la menor tumbada en un sofá; con la mano sobre sus genitales; la menor cruzada de piernas en una silla vistiendo únicamente un sombrero; cruzada de piernas en un sofá desnuda; tumbada boca abajo en el sofá igualmente desnuda» o «también con las piernas abiertas exhibiendo sus genitales».