23/03/2004 G. D.-R.

El ayuntamiento deberá indemnizar con 4.800 euros a la madre de un joven al que, según la sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, dos agentes de la Policía Local le causaron una parálisis en ambos brazos al arrastrarle por el suelo tirando de las muñecas.
Los hechos se produjeron en octubre de 1996, cuando José Antonio G. S. y un amigo se estaban inyectando una dosis de opiáceos en un solar de la calle Fray Ceferino. José Antonio G. S. sufrió un repentino desvanecimiento del que fue testigo un vecino que avisó a la Policía Local. Estos dos agentes, a su vez, avisaron a los servicios sanitarios de urgencia y trasladaron al joven hasta la acera arrastrándolo por las muñecas causándole una parálisis del plexo braquial bilateral.
El tribunal considera probado que fue la tracción ejercida por los dos agentes al arrastrar a José Antonio G. S. la causa de la parálisis del plexo braquial en ambos lados del cuerpo que le fue diagnosticada en el Hospital Central de Asturias al día siguiente de los hechos. Esta dolencia supone la pérdida del movimiento y el tacto en los brazos al quedar afectados los nervios por un traumatismo.
DEMANDA La demandante exigía al ayuntamiento más de más de 51.000 euros en concepto de daño moral y compensaciones económicas por haber tenido cerrar su negocio para atender a su hijo al convertirse éste en una persona dependiente tras lo sucedido y por los padecimientos físicos de su hijo entre el día de los hechos y el 18 de diciembre del 1998, fecha en la que falleció. El magistrado desestima este argumento, aceptando los de la Abogacía Consistorial, al señalar que José Antonio G. S. no ejerció acción alguna por los días de sufrimiento. Así, el tribunal estima la cantidad a percibir por la demandante en 4.808 euros.
El magistrado no hace pronunciamiento especial sobre las costas del proceso legal y anula con esta sentencia la resolución municipal que denegó derecho a compensaciones por las lesiones de su hijo.
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