21/01/2008 PILAR CAMPO

La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha decretado el archivo de las diligencias de investigación que había abierto el pasado 27 de diciembre, por presuntos delitos contra la ordenación del territorio, para esclarecer la denuncia que P.R.V., vecino del inmueble de Pérez de la Sala 17, había presentado ante el equipo de Delincuencia Urbanística de la Comandancia de la Guardia Civil contra el arquitecto M.S.-Ll. y el arquitecto técnico S.V.A., ambos adscritos al Ayuntamiento de Oviedo.
El vecino P.R.V. sostenía en su denuncia que las obras que se estaban realizando en el solar número 17 de Pérez de la Sala para la construcción de un edificio tras el derribo del inmueble anterior, del que el denunciante era inquilino, se basaban en la aprobación de un estudio de detalle "con más fondo del permitido".
El denunciante había alegado que se superaba el fondo edificable de 25 metros, que establece el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), construyendo a 29,90 metros, tal y como corrobora el informe del arquitecto municipal, por lo que se incumplía claramente la normativa urbanística.
El fiscal especializado en delitos urbanísticos del TSJA, Joaquín de la Riva, que actuó como instructor en las diligencias de investigación, considera que ninguno de los dos denunciados ha incurrido en la conducta delictiva imputada, dado que no han informado sobre proyectos de edificación o la concesión de una licencia "contraria a las normas urbanísticas".
INTERPRETACION No obstante, el fiscal de delitos urbanísticos del TSJA advierte al denunciante que en el caso de que no esté de acuerdo con la interpretación técnica del arquitecto M.S.-Ll. en la contestación a su alegación, "dispone de mecanismos legales para corregirla", si bien entiende que éstos no pasan por "criminalizar el informe en la vía penal".
Joaquín de la Riva descarta igualmente que el arquitecto técnico S.V.A. haya incurrido en una actuación encardinable dentro de un presunto delito de prevaricación, puesto que su informe lo realiza "tras una visita de inspección", por lo que no se ciñe a la conducta tipificada dentro de este tipo delictivo al venir referida exclusivamente "a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, haya informado favorablemente proyectos de edificación o la concesión de licencias contrarias a las normas urbanísticas, sin que quepan en el ámbito penal interpretaciones extensivas o analógicas".
El fiscal del TSJA no descarta que en esta polémica actuación urbanística pueda haber responsabilidades de otra índole diferentes al ámbito penal. "Si existe un exceso en la construcción en el edificio número 17 de la calle Pérez de la Sala es un tema de naturaleza exclusivamente administrativa", señala en el decreto por el que acuerda cerrar la vía penal y en el que advierte al denunciante P.R.V. que "puede reproducir su denuncia ante el juzgado competente" en el caso de que considere que no se ajusta a sus pretensiones.
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