27/11/2009 EFE
La temperatura en los edificios y locales de uso público, como administraciones, bares, tiendas, estaciones o cines, no podrá superar los 21° en invierno ni bajar de 26° en verano, según el Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros para fomentar el ahorro de energía.
La normativa establece que los edificios y locales con acceso desde la calle deberán disponer de un sistema de cierre de puertas que impidan que éstas permanezcan abiertas permanentemente. La temperatura del aire en los recintos calefactados no podrá superar los 21° centígrados, mientras que en los recintos refrigerados no será inferior a 26°, ha explicado el ministerio de Industria en un comunicado.
En ambos casos, la humedad relativa del ambiente deberá estar comprendida entre el 30% y el 70%, según Industria, que ha apuntado que el Real Decreto modifica determinadas instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
EFICIENCIA ENERGÉTICA
El Ejecutivo considera que esta medida estimulará las iniciativas institucionales y empresariales encaminadas al ahorro y a la eficiencia energética, al tiempo que incentivará la entrada en los mercados de las empresas de servicios energéticos.
La iniciativa parte de los ministerios de Industria y de Vivienda y su objetivo final es conseguir mayores ahorros energéticos en las grandes superficies y en los edificios públicos con afluencia habitual de un número elevado de personas.
Su aplicación será obligatoria en el interior de locales de uso administrativo, comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes o centros comerciales), cultural (teatros, cines, auditorios, centros de congresos o salas de exposiciones) o restauración (bares, restaurantes o cafeterías), así como de transporte de personas (estaciones y aeropuertos).
La normativa aprobada hoy se enmarca en el Plan de Activación del Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011, que contiene 31 medidas para un uso más racional de la energía.
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