Discotecas y bares nocturnos podrán abrir desde el lunes, aunque a un tercio del aforo y sin pista de baile
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El BOE publica los detalles de la última etapa de la desescalada, a la que Asturias accede el 8 de junio. Autobuses y trenes podrán ocupar todos sus asientos desde el lunes en toda España
06 Jun 2020. Actualizado a las 12:41 h.
Tras el jarro de agua fría que supuso para el sector del ocio nocturno la publicación del BOE que regulaba la fase 3 de la desescalada, y en el que se rectificaba la intención inicial del Gobierno de dejar que los locales de copas y las discotecas reabrieran el 8 de junio, finalmente, y tras un nuevo cambio, este sábado se ha conocido que sí podrán retomar su actividad desde el lunes por la noche. Una nueva normativa publicada esta mañana en el Boletín Oficial del Estado, que modifica diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional, ya permite a discotecas y bares de ocio nocturno reabrir con un 30 % del aforo. Eso sí, sin dejar bailar. La normativa detalla que «cuando existiera en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, el mismo podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual».
El Gobierno da respuesta así a empresarios y asociaciones del gremio nocturno que habían reclamado la reapertura en la fase 3 y que alertaban de la posibilidad de que muchas tendrían que cerrar si no se podía reiniciar la actividad en breve.
A nivel nacional, la patronal española del ocio nocturno, Spain Nightlife, cifra que hasta un 50 % de las 30.000 salas de fiesta, discotecas y bares musicales del país podrían cerrar antes de que acabe el año.
Asimismo, en la fase 3 del plan de desescalada, podrá procederse a la apertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local siempre que no se supere el 50 % de su aforo. Además, estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, similar a la distancia que se establece entre mesas, al tiempo que las terrazas al aire libre podrán ser ocupadas hasta el 75 % de su capacidad.
La nueva regulación también aclara que desde el lunes pueden abrir casinos, salones de juego y otros locales con un máximo del 50 % del aforo. Además, entre los nuevos detalles especificados para la fase 3, el BOE también apunta que pueden reabrir las plazas de toros con asientos preasignados y sin superar «la mitad del aforo autorizado, y en todo caso, con un máximo de 800 personas».
Se podrán ocupar todas las plazas en el autobús y en el tren
Otra de las grandes novedades que introduce el BOE de este sábado atañe al transporte público con la flexibilización de las limitaciones actuales de ocupación. La nueva norma explica que autobuses y trenes públicos o privados, tanto urbanos como interurbanos, podrán usar desde el lunes la totalidad de sus asientos disponibles en toda España. «En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús, así como en los transportes ferroviarios, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se podrán usar la totalidad de los asientos», detalla la regulación que, eso sí, precisa que cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios. Hasta ahora, se debía dejar un asiento vacío contiguo a cada pasajero.
Asimismo, la orden ministerial establece también que en los transportes privados particulares en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio. Cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Por su parte, en los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes. En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.
En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que guarden la máxima distancia posible.
Por último, en las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L, en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero) podrán viajar dos personas.
El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.