Fernández Villa será sometido a un segundo examen neurológico
Asturias
La Audiencia rechaza el recurso del exlíder del SOMA y le impone las costas por su «labor opositora»
10 Oct 2016. Actualizado a las 18:44 h.
El exlíder del sindicato minero SOMA-UGT, José Ángel Fernández Villa, será sometido a una segunda prueba pericial, consistente en un nuevo examen médico neurológico, para conocer si está en condiciones mentales idóneas para declarar, con todas las garantías procesales, ante la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Oviedo, Simonet Quelle Coto, en las diligencias abiertas por su presunta autoría en un delito de apropiación indebida.
El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo ha autorizado la realización de esta segunda prueba pericial, siguiendo así el criterio mantenido por la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Desde un principio, el representante de la acusación pública se posicionó a favor de disponer de una segunda opinión sobre la capacidad cognitiva y volitiva del investigado para saber, a través de la pericial, las posibles repercusiones que la enfermedad neurológica degenerativa que sufre Fernández Villa conllevaría para prestar testimonio en la causa, de la que viniendo siendo investigado por las acusaciones pública y particular, ejercida ésta última por la nueva dirección del sindicato minero.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial está presidida por el magistrado Javier Domínguez Begega e integrada por los magistrados Ana Álvarez Rodríguez y Francisco Javier Rodríguez Santocildes. En el auto, del que ha sido ponente el magistrado presidente Javier Domínguez, se autoriza la práctica de esta prueba pericial y se impone, además, el pago de las costas a la representación procesal de José Ángel Fernández Villa, al entender que el único objetivo que motivó la presentación del recurso de apelación era una labor de oposición al desempeño de la función de peritaje. El recurso de apelación se presentó contra el auto del Juzgado de Instrucción número 2 de Oviedo, del pasado 23 de mayo, por el que se desestimaba la reforma contra otro auto, fechado el pasado 28 de abril, acordando la práctica de la prueba médica pericial neurológica.
Una finalidad «simplemente opositora»
«La diligencia se muestra con relevancia para la investigación en aras a la determinación de las circunstancias personales de Fernández Villa, hallando cobertura en el marco general del artículo 777 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y particular en el de los artículos 381 y siguientes de la ley, careciendo de razón la pretensión deducida subsidiariamente en cuanto a la forma en que se debe practicar la pericia, pues dado que este tribunal no debe dar lección alguna a los operadores jurídicos que intervienen en la causa, no pone en duda que el órgano judicial competente actuará conforme a derecho en el ejercicio de su función, que en este caso se sustanciará en la práctica de la pericial cuya regulación refiere explícitamente el auto apelado», argumenta el tribunal.
En base a este razonamiento, la Sala acuerda desestimar el recurso de apelación de la defensa de Villa y advierte de que le impone las costas del recurso, «al apreciarse en él una finalidad simplemente opositora al desempeño de aquella función», señalan los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial. Contra este auto no cabe recurso alguno, tal y como refleja la Sala en el auto al que ha tenido acceso La Voz.
La magistrada-juez Simonet Quelle Coto había autorizado la realización de esta segunda prueba pericial para aclarar de qué manera puede influir la enfermedad de Fernández Villa a la hora de prestar declaración, ante la existencia de «elementos que contradicen el estado de salud del investigado», entre los que la titular del juzgado ovetense enumera la declaración del notario que autorizó el poder otorgado por Fernández Villa, la del presidente del SOMA, quien habló con él por teléfono o la declaración del doctor Pascual Gómez, por lo que estima pertinente la prueba interesada.
Otros flecos pendientes
Una vez que la Audiencia Provincial ha confirmado su resolución, el exlíder del SOMA-UGT tendrá que someterse al examen neurológico que le practicará el neurólogo Alfredo Robles, adscrito a la Universidad de Santiago de Compostela y considerado como uno de los mayores especialistas en España en enfermedades neurológicas degenerativas.
El denominado «Caso Villa» tiene otros flecos pendientes. La magistrada-juez se basa en la importancia de esta prueba pericial para declarar compleja la causa, lo que supondría la ampliación del plazo de instrucción en un año y medio más; una decisión que han recurrido igualmente las defensas de José Ángel Fernández Villa y Pedro Castillejo, exgerente de la fundación Infide y coinvestigado en el delito de apropiación indebida que les imputan las acusaciones.
La declaración de complejidad de la causa
Las defensas entendían que se había vulnerado su derecho a un juicio sin dilaciones así como que el auto que declaraba la causa como compleja había sido comunicado el 14 de junio pasado, ocho días después de cumplirse los seis meses desde que se abrieron las actuaciones, con lo que se habría sobrepasado el plazo que la ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) establece para realizar la instrucción y correspondería el archivo o su transformación en procedimiento abreviado.
La magistrada- juez aclaró, sin embargo, que el auto se dictó el 31 de mayo, una semana antes de finalizado el plazo y puntualizó que la LEC establece que la Fiscalía o la acusación particular son las que deben instar la declaración de causa compleja antes de agotarse los seis meses y ese plazo no cuenta para el dictado de la resolución; circunstancias que han concurrido en este caso.
Para los letrados que ejercen la acusación particular en representación del sindicato minero, los recursos de las defensas carecen de fundamento al entender que la declaración de complejidad se dictó dentro de los plazos legales.