El Principado deberá convocar de nuevo 79 puestos de jefaturas
Asturias
El TSJA desestima los argumentos de la administración autonómica contra una sentencia que le condenó por cubrir las vacantes de forma provisional sin concurso de méritos
02 Nov 2018. Actualizado a las 17:26 h.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso del Principado contra una sentencia que le condena a la convocatoria pública por concurso de méritos de, al menos, 79 puestos de jefatura (jefes de servicios, coordinadores y jefes de sección) que llevan cubiertos de forma provisional más de dos años.
En una sentencia del 29 de octubre, contra la que cabe recurso de casación, el alto tribunal asturiano confirma un fallo dictado el pasado mes de marzo por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Oviedo.
Dicho fallo, que otorgaba a la administración autonómica un plazo máximo de tres meses para la convocatoria, estimó parcialmente la demanda presentada por el Conceyu por Otra Función Pública n'Asturies (COFPA) y rechazó las alegaciones del Principado sobre la falta de desarrollo normativo de la ley de medidas en materia de función pública y sobre la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo (RPT).
La resolución judicial confirmada por el TSJA incidía en que, transcurridos ya casi cuatro años desde la aprobación de dicha ley, «la necesidad de sectorización de los puestos de trabajo» no puede ser una causa justificativa para incumplir una obligación legal.
El TSJA ha rechazado el recurso del Principado, que alegaba que el pronunciamiento judicial incurría en una incongruencia al ir más a allá de lo solicitado, puesto que fijaba un plazo de tres meses cuando la demanda no fijaba plazo alguno y se limitaba a solicitar la provisión inmediata.
No obstante, el TSJA considera que «no cabe apreciar incongruencia alguna por el simple hecho de sustituir el juzgador la petición de cumplimiento inmediato por la concesión de un término de tres meses».
A este respecto, apunta que «el cumplimiento inmediato supone una mayor celeridad que el plazo de tres meses fijado en la parte dispositiva».
En un comunicado, el COFPA ha considerado que la sentencia del TSJA «frena la estrategia» del Gobierno regional «para intentar evitar la convocatoria pública por concurso de méritos de los puestos ocupados por libre designación -a dedo- y en comisiones de servicio irregulares de más de dos años de duración».