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Fotocopias y letras de cambio simuladas, dos empresarios condenados por presentar documentos falsos

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Juzgados de la Audiencia Provincial de Oviedo

Los acusados llegaron a un acuerdo con la Fiscalía tras reconocer los hechos

11 Mar 2021. Actualizado a las 12:28 h.

Los dos empresarios acusados de presentar documentos falsos como prueba en un juicio por un delito de estafa celebrado hace ocho años en la Audiencia Provincial han reconocido este jueves los hechos y han aceptado sendas condenas de seis meses y un día de prisión.

La vista oral estaba señalada hoy en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, aunque el reconocimiento de los hechos por parte de los dos acusados evitó su desarrollo.

El acuerdo alcanzado con la Fiscalía contempla además el pago de una multa de 744 euros por su autoría en sendos delitos de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito intentado de estafa procesal.

Los dos acusados fueron juzgados el 8 de octubre de 2013 en la Audiencia Provincial por un delito de estafa al restaurante La Campana que, ejerciendo la acusación particular, acusaba a las dos mercantiles de las que los procesados eran administradores mancomunados de haber librado tres letras de cambio simuladas.

Los dos empresarios han admitido que ambas mercantiles simularon las letras de cambio, pese a que ni habían sido emitidas ni aceptadas por el establecimiento y que además habían cargado en su cuenta bancaria varios recibos que no correspondían a servicio alguno prestado.

Al comienzo del plenario, en fase de cuestiones previas, los encausados, de mutuo acuerdo y a través de su representación procesal, aportaron al juicio varias facturas y albaranes a cargo de La Campana.

Según la versión fiscal, que han asumido los acusados, las primeras eran documentos unilateralmente elaborados que no se referían a relaciones reales con el restaurante y los segundos eran meras fotocopias en las que se simuló la firma del representante del restaurante y el sello del establecimiento.

Asimismo, han reconocido que ambos documentos fueron creados para que fueran valoradas como pruebas por el tribunal para obtener una resolución favorable a ellos y contraria a los intereses del perjudicado.

La documental fue aceptada como prueba por el tribunal que, tras la celebración de la vista, dictó sentencia en la que, valorando toda la prueba practicada incluida la documental, condenó a ambos acusados como autores de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa.

Los magistrados también ordenaron que se dedujera testimonio de particulares por posible delito de estafa procesal en relación con la documentación aportada por ellos como cuestión previa.

Ambos acusados presentaron un recurso de casación que no fue admitido por el Tribunal Supremo, según recogió EFE.


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