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Absueltos los ocho acusados de pertenecer a la banda del Seat León: las pruebas contra ellos son «de escasa consistencia»

Asturias

La Voz Oviedo
Uno de los atracos de la banda del Seat León

La sentencia de la Audiencia Provincial califica de «incuestionable» que los autores de las sustracciones adoptaron las medidas de seguridad suficientes para evitar su identificación

20 Jan 2023. Actualizado a las 17:12 h.

La Audiencia Provincial de Asturias ha absuelto a los ocho acusados de pertenecer a la banda del Seat León de los delitos de integración en grupo criminal, robo con fuerza e intimidación en establecimientos de hostelería de Oviedo y en una estación de servicio en Cuyences, así como contra la seguridad vial; unos hechos por los que la Fiscalía solicitaba una pena individual de once años de prisión.

El tribunal de la Sección Tercera ha acordado su absolución al considerar que, durante el juicio celebrado el pasado mes de noviembre, no ha quedado acreditado «con el grado de certeza exigible» que los procesados fueran integrantes de esta red ni tampoco su participación en los hechos registrados en diciembre de 2019. Los magistrados consideran «incuestionable» que los autores de las sustracciones adoptaron las medidas de seguridad suficientes para evitar su identificación, al utilizar «pasamontañas, capuchas o similares» y guantes, que imposibilitaron tanto el reconocimiento facial a través de la visualización de las grabaciones de las cámaras de seguridad de los locales, como la obtención de huellas en sus instalaciones.

La Sala reconoce que las pruebas contra los acusados se representan «de escasa consistencia», de forma que va desmontando uno a uno todos los indicios que llevaron a su imputación. Así, los magistrados sostienen que no se puede condenar al acusado que era considerado como el líder de la organización por la ropa que llevaba y su complexión física, coincidente con la descripción de uno de los autores de los robos.

Por un lado, porque las zapatillas y pantalones que usaba son «de marcas y modelos de uso generalizado» que no suponen «la exclusividad de uso generalizado», afirma el tribunal, y por otro, debido a que sus características físicas: «espalda ancha, brazos musculados y piernas delgadas» son comunes «a una buena parte de la población de varones de este país», subraya en la sentencia.

Lo mismo ocurre en el caso de otro de los acusados, que fue incluido en el procedimiento al hallarse una huella dactilar suya sobre una de las bolsas de patatas fritas que se encontraban en la guantera del copiloto del vehículo que ocupaba el supuesto líder, ya que según la Audiencia no hay dato objetivo alguno que permita considerar acreditado «sin ningún género de dudas» que ese envoltorio procedía de una máquina expendedora asaltada en uno de los robos.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), informa Efe.


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