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Un juez reconoce el derecho al sueldo completo si cierra un centro escolar por vacaciones

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Juzgados de Mieres

La sentencia da la razón a una trabajadora que no había completado un año de servicios y a la que Educación había descontado 575 euros alegando un «exceso de vacaciones»

26 Jan 2023. Actualizado a las 12:53 h.

El Juzgado de lo Social número 1 de Mieres ha declarado el derecho de una auxiliar educadora a disfrutar de un mes completo de vacaciones coincidiendo con el cierre del centro educativo al que está adscrita durante el periodo no lectivo, aunque no haya completado un año efectivo de servicios, sin que le sea deducida ninguna parte proporcional en el salario al sostener que en estos casos no se aplica el requisito de proporcionalidad.

En una sentencia, dictada el pasado día 23, el magistrado-juez de lo Social avala la tesis de la sección sindical de Educación y Cultura de CCOO que defendía el derecho de una trabajadora a que no se le descontara cantidad alguna en su nómina, frente a la argumentación de la Consejería de Educación del Principado que le detrajo de su salario 575 euros alegando que había disfrutado «un exceso de vacaciones».

La demandante comenzó a trabajar en mayo de 2021 como auxiliar educadora en un centro educativo dependiente del Principado, pero según consta en la sentencia, la administración le descontó la parte proporcional del salario al no haber completado el año de servicio cuando el centro cerró sus puertas en el mes de agosto, como es práctica habitual cada año.

La trabajadora demandó a la Consejería de Educación y Cultura del Principado al estimar que la ley la amparaba al ser el cierre del centro una situación de fuerza mayor.

El juzgado sostiene que en este caso no se puede aplicar el criterio de proporcionalidad cuando «es la propia administración la que impone el cierre del centro de trabajo, previsión por demás enteramente lógica -añade el fallo- pues dado el origen y necesidad empresarial que la determina, carecería de sentido imponer o derivar a quien solo le corresponde acatarla sin perjuicio alguno».

Con esta argumentación, el magistrado-juez estima la demanda de la trabajadora y condena a la administración del Principado a reintegrarle los 575 euros que le detrajo en su salario y a abonarle además el interés anual del diez por ciento.

En un comunicado, el secretario general de la sección sindical de Educación y Cultura de CCOO, Javier Barrientos, ha valorado la resolución «por su determinación y rotundidad» al respaldar a la trabajadora y ha criticado la postura «unilateral, inamovible e intransigente» de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación por haberla abocado a recurrir a los tribunales de justicia y advierte de que esta sentencia abre además el camino a otros trabajadores que se encuentran en una situación similar, informa Efe.


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