Jubilan por depresión a una empleada de supermercado de 49 años con una pensión vitalicia de 3.300 euros
Asturias
Tras vencer al INSS en los tribunales, cobrará la máxima prestación permitida por el sistema ya que su «posibilidad de recuperar la capacidad laboral se estima médicamente incierta»
10 Apr 2026. Actualizado a las 09:36 h.
Una trabajadora de supermercado en Asturias ha sido declarada en situación de incapacidad permanente absoluta a los 49 años tras un largo historial médico marcado por una grave depresión y diversas dolencias físicas. La decisión, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, obliga a la Seguridad Social a abonarle una pensión equivalente al 100% de su base reguladora, fijada en más de 3.400 euros mensuales.
La protagonista del caso, que desempeñaba funciones como coordinadora de planta en la cadena Mercadona, había solicitado inicialmente el reconocimiento de esta incapacidad tras ver deteriorada de forma significativa su salud. Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazó en un primer momento su petición al considerar que sus dolencias no alcanzaban un grado suficiente para incapacitarla de manera permanente.
La trabajadora decidió entonces acudir a los tribunales. El Juzgado de lo Social número 2 de Oviedo le dio la razón en julio de 2024, reconociéndole la incapacidad permanente absoluta. El INSS recurrió la decisión, pero el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha terminado por confirmar íntegramente aquella sentencia.
El caso pone de relieve una situación clínica compleja. Según recoge la resolución judicial, la empleada presentaba un cuadro médico que combinaba dolencias físicas, como fibromialgia, migrañas crónicas y problemas lumbares, con un trastorno depresivo grave. Este último ha sido clave en la valoración judicial.
La sentencia describe con detalle la evolución de su enfermedad mental, señalando que la afectada sufrió «un episodio depresivo grave con ideación autolítica» y que su evolución ha sido «tórpida, con escasa respuesta pese a múltiples líneas de tratamiento farmacológico». Además, llegó a requerir varios ingresos hospitalarios en la unidad de psiquiatría y permanece incluida en un protocolo de prevención del suicidio con seguimiento periódico.
A pesar de que la Seguridad Social alegó una supuesta mejoría en su estado, los magistrados no apreciaron una recuperación real que permitiera su reincorporación al trabajo. De hecho, la resolución es clara al respecto: «No podemos apreciar una mejoría relevante, como tampoco tener la situación por no definitiva, pasados ya más de dos años desde el abordaje terapéutico sin éxito».
El tribunal subraya que la incapacidad permanente no depende únicamente de un diagnóstico, sino de cómo las limitaciones afectan a la capacidad laboral de la persona. En este caso, concluye que la trabajadora no está en condiciones de desempeñar ningún empleo, independientemente de su naturaleza. Así lo expresa la sentencia al afirmar que «se muestra incapaz para el necesario dominio del campo laboral, cualquiera que sea su entorno».
Esta conclusión es la que justifica el reconocimiento del grado más alto de incapacidad, el absoluto, que implica la imposibilidad de realizar cualquier profesión u oficio con un mínimo de eficacia, rendimiento y seguridad.
El fallo también recuerda que, aunque exista una posibilidad de mejoría futura, esto no impide reconocer la incapacidad si dicha recuperación es incierta o a largo plazo. En palabras del tribunal, la calificación se mantiene incluso cuando «la posibilidad de recuperar la capacidad laboral se estima médicamente incierta».
Con esta decisión, la trabajadora tendría derecho teórico a percibir íntegramente su base reguladora, fijada en 3.402,86 euros mensuales. Sin embargo, en la práctica esa cantidad no se abonará en su totalidad. La normativa vigente fija un límite máximo para las pensiones públicas, lo que reduce ligeramente la cuantía final que percibirá. En concreto, el tope establecido para este tipo de prestaciones se sitúa en torno a los 3.359 euros mensuales distribuidos en 14 pagas. Esto implica que la beneficiaria cobrará la cifra máxima permitida por el sistema.