Condenan al párroco de Luanco por agredir a una mujer en la iglesia de Santa María
Asturias
El juzgado le impone dos meses de multa y una indemnización de 3.969 euros. La sentencia ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial
30 Jun 2026. Actualizado a las 05:00 h.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Avilés ha condenado en primera instancia al párroco de Luanco, José Antonio Alonso, como autor de un delito leve de lesiones por la agresión a una vecina ocurrida en el interior de la iglesia de Santa María el pasado verano. La resolución, fechada el 9 de junio, no es firme y ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial de Asturias.
Los hechos se remontan al 3 de agosto de 2025. Según recoge la resolución judicial, la mujer se encontraba en el templo junto a una amiga cuando el sonido del teléfono móvil de esta última desencadenó una discusión con el sacerdote. La jueza considera acreditado que, durante ese incidente, el párroco sujetó a la denunciante por los brazos para expulsarla del interior de la iglesia, la zarandeó y llegó a golpearle las piernas con una mesa camilla que se encontraba en el templo.
La sentencia concluye que la mujer sufrió lesiones que tardaron treinta días en curar y aprecia también secuelas psicológicas derivadas de lo ocurrido, circunstancias que han sido tenidas en cuenta para fijar la responsabilidad civil.
El fallo impone al sacerdote una multa de dos meses, con una cuota diaria de ocho euros, además del pago de una indemnización de 3.969 euros por las lesiones y secuelas reconocidas. La resolución no es definitiva, al haber sido recurrida por la defensa ante la Audiencia Provincial.
Durante el juicio, tanto la Fiscalía como la defensa solicitaron la absolución del sacerdote. Sin embargo, la magistrada entiende que las pruebas practicadas resultan suficientes para considerar acreditados los hechos. Entre los elementos valorados figuran la declaración de la denunciante, el testimonio de la persona que la acompañaba, la documentación médica incorporada a la causa y la declaración de un testigo que presenció parte del incidente.
Por su parte, el párroco negó haber agredido físicamente a la mujer, aunque reconoció que se produjo una discusión y admitió haber mantenido contacto físico con ella para indicarle que abandonara el templo. La jueza rechaza esa versión y concluye que la prueba practicada desvirtúa la presunción de inocencia. La condena queda ahora pendiente de la decisión que adopte la Audiencia Provincial.