La Voz de Asturias

La Fiscalía acusa al confitero de Avilés de actuar con alevosía sorpresiva

Avilés

Efe
El confitero de Avilés acusado de asesinar su su mujer durante el juicio

La representante de la acusación asegura que el acusado provoco un sufrimiento innecesario para causar un mayor daño a su esposa

19 Jul 2018. Actualizado a las 11:25 h.

La Fiscalía del Principado de Asturias ha asegurado que el confitero de Avilés J.P.C. actuó con «alevosía sorpresiva» y provocó «un sufrimiento innecesario para causar un mayor daño» a su esposa, a la que asestó una treintena de golpes en su domicilio conyugal. Esta alevosía sorpresiva provendría del hecho de que la víctima se encontraba tendida en la cama en el domicilio y «no tenía ningún motivo para pensar que iba a ser atacada de ese modo», ha añadido la fiscal. La representante de la acusación pública ha recordado que J.P.C. llegó «a colocarse encima de la víctima» para llegar a consumar un crimen donde su esposa «sufrió y padeció hasta que llegó a estar inconsciente» y sus golpes fueron «buscados para que la víctima sufriese». Al sufrimiento físico, la fiscal unió «el sufrimiento moral» padecido por la víctima, al no esperar que fuera precisamente su esposo quien acabara con su vida.

La Fiscalía ha reiterado que las grabaciones de testigos y peritos vienen a constatar que «hubo una actividad probatoria con contradicción» y ha recordado que los miembros del tribunal del jurado, por unanimidad, descartaron todas las eximentes propuestas por la defensa. «Los jurados se apoyaron en los informes forenses y esa ingesta de alcohol y pastillas se produjo después del crimen y no antes, al resultar incompatible con el modo en el que J.P. acabó con su esposa» y ha negado que tuviera ese trastorno y que se hubiera vulnerado la presunción de inocencia del ya condenado.

El abogado Félix Guisasola, que ejercita la defensa del confitero de Avilés J.P.C., condenado a 24 años por la muerte de su esposa en enero de 2016, ha declarado esta mañana que su representado incurrió «en un delito de homicidio y no asesinato» al estimar que «no hubo ensañamiento». El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) celebra esta mañana el recurso de apelación interpuesto por la defensa del confitero de Avilés, en una vista a la que J.P.C. comparece a través de una videoconferencia desde el Centro Penitenciario de Asturias. El letrado de su defensa ha dicho que, si bien nunca ha negado el crimen, hay circunstancias que no han tenido en cuenta los miembros del jurado popular, entre ellos algunos informes forenses o periciales.

Félix Guisasola ha citado alguna falta de concreción sobre el trastorno de impulsividad con respecto a la concurrencia de bebidas alcohólicas y no haber tenido en cuenta el testimonio del vecino del piso de abajo del domicilio conyugal de Avilés, donde se produjo el crimen. J.P.C. fue condenado el pasado mes de marzo por la Audiencia Provincial de Oviedo a 24 años de cárcel y al pago de indemnizaciones por valor de 420.000 euros por matar a golpes con una llave inglesa a su mujer en la madrugada del 26 de enero de 2016. La Audiencia dictó esta sentencia después de que el jurado popular le encontrara culpable de asesinato con alevosía y ensañamiento, con agravante de parentesco y desprecio de género. El condenado regentaba junto con su mujer, que tenía 46 años, la confitería «La Duquesita» de Avilés, ubicada en la calle Fernández Balsera de Avilés.

El fallo daba por probado que el acusado y su mujer salieron a cenar el martes 26 de enero aprovechando que la confitería «La Duquesita», que regentaban desde 2012, estaba cerrada por descanso semanal. Ya en casa, sobre las 4:00 horas, el acusado propinó a su mujer numerosos golpes en la cabeza con una llave inglesa, que le provocaron un politraumatismo craneoencefálico severo que determinó su muerte. Además, antes de que falleciera por efecto de los golpes, le asfixió poniéndole un almohadón sobre la cara, añadía la sentencia. El negocio, que había sido explotado con anterioridad por los padres del acusado hasta su jubilación, no generaba los rendimientos económicos pretendidos por el matrimonio. Según las acusaciones, esta situación provocaba situaciones de tensión y conflicto entre ellos, agravadas además por la mala relación que, desde hacía tiempo, existía entre la víctima y sus suegros.

El Ministerio Público sostuvo durante la vista oral que el hombre decidió acabar con la vida de su mujer mientras ella dormía en el dormitorio conyugal tras haber salido a cenar. Durante la vista oral, el procesado aseguró no recordar nada al encontrarse aquella noche bajo los efectos del alcohol y las pastillas que había ingerido para «quitarse de en medio», superado por las deudas y la mala situación del negocio. En su declaración, apuntó que recuperó el conocimiento una vez ingresó en el Hospital Universitario Central de Asturias, y que fueron los policías que le visitaron quienes le habrían informado de lo sucedido aquella noche.

 

 

 

 


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