La Voz de Asturias

La Audiencia anula un registro de droga en un piso porque el hallazgo fue casual

Gijón

PILAR CAMPO Gijón

El dueño de las sustancias había sido retenido y golpeado en su casa para robarle y fue liberado por la policía

03 Jan 2017. Actualizado a las 17:18 h.

La Audiencia Provincial ha declarado la nulidad de actuaciones sobre un registro efectuado por la Policía en un domicilio de Gijón en el que se encontró droga, al descubrir los agentes las sustancias estupefacientes «de forma casual», después de que acudieran a la vivienda en auxilio de su propietario, Higinio G.R., quien se encontraba retenido y maniatado. Las dos personas que le habían dado una paliza para robarle el dinero y la droga fueron detenidos cuando intentaban huir.

Los magistrados de la Sección Octava, con sede en Gijón, han seguido así la jurisprudencia del Tribunal Supremo, al entender que no pueden tenerse en cuenta los 809 gramos de cannabis o marihuana, ni los efectos y sustancias intervenidos en el registro porque fueron encontrados después de estar detenido su dueño y al no constar que éste diera el consentimiento a la entrada en su vivienda con asistencia de letrado, por lo que se declara nulo todo lo obtenido con «ese consentimiento viciado». El abogado José Manuel Fernández González, que representa a Higinio G., considera que, a priori, la sentencia está «muy bien fundamentada», si bien está valorando la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo, «una vez estudiada en profundidad».

El tribunal de la Sección Octava de la Audiencia Provincial, integrada por los magistrados Bernardo Donapetry, Alicia Martínez Serrano y Santiago Veiga, ha condenado a los dos acusados, Rubén S.V., de 38 años, y a Enrique A.G., de 48 años, a sendas penas de dos años de cárcel por un delito de robo con violencia en casa habitada en grado de tentativa, con la circunstancia atenuante de reparación del daño, al haber consignado el dinero en concepto de responsabilidad civil, mientras que por un delito leve de lesiones pagarán sendas multas de un mes con cuota diaria de 6 euros. Ambos indemnizarán a Higinio G.R. en 575 euros y al Sespa en 185 euros. Sus abogados defensores, Mónica Feito Rubio y Sergio Geijo, respectivamente, llegaron a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía. La Sala ha condenado igualmente a dos años de cárcel a Higinio G.R. por un delito contra la salud pública, con la agravante de reincidencia y la atenuante de drogadicción, así como a una multa de 2.250 euros.

Maniatado y de rodillas

Rubén S. y Enrique A. se pusieron de acuerdo para entrar, sobre las 1.30 horas del 23 de agosto de 2015, en la vivienda de Higinio G.R., ubicada en la calle Campones de Gijón. Tras desencajar la persiana de la ventana del domicilio, accedieron a su interior, donde le maniataron ambas manos con un cinturón, llevándolo al salón de la vivienda y colocándole de rodillas en el suelo. Una vez inmovilizado y sin que pudiera defenderse, fue golpeado en su cuerpo indistintamente por ambos acusados, quienes le propinaron «patadas, golpes y puñetazos» y le pincharon con un cuchillo en el costado «con el fin de que les manifestara donde escondía el dinero y la droga».

Ante los gritos de Higinio pidiendo auxilio, un vecino avisó a la Policía, que comprobó que en la casa había una persiana rota y una ventana abierta y, al intentar asomarse, se abrió la puerta por la que un individuo salió bruscamente, procediendo a detenerle, viendo los agentes que en el suelo del salón había un hombre «en calzoncillos, de rodillas, con las manos atadas a la espalda, aparentemente con lesiones y con un cuchillo de cocina a su lado», por lo que entraron a auxiliarle. En ese momento, percibieron un fuerte olor a marihuana y vieron que sobre la mesa del salón había una caja de zapatos con el rótulo «Sendero», llena de cogollos de marihuana, y advirtiéndoles el lesionado que había otro individuo en la casa, al que localizaron y detuvieron cuando intentaba huir por una ventana.

La autorización para el cacheo

Posteriormente, la policía realizó un cacheo de un vehículo Peugeot que utilizaba Higinio G.R. en cuyo interior encontraron en el suelo, entre los asientos delanteros y traseros, dos bolsas conteniendo cogollos de marihuana. De los cogollos que poseía para vender, los hallados en la caja de zapatos eran 251 gramos, que vendidos en el mercado ilícito valdrían 1.168 euros, y los encontrados en el vehículo pesaban 71,4 gramos, que vendidos en el mercado ilícito valdrían 332 euros. La marihuana o hachís intervenido tenía una riqueza del 16,4 por ciento.

Higinio G. sufrió contusión en dorso de brazo izquierdo, erosiones superficiales en espalda, región postero-lateral derecha y dos erosiones superficiales en región mamilar derecha. En la fecha de los hechos, presentaba dependencia al consumo de cocaína y de cannabis, por lo que estuvo sometido a diversos tratamientos con periodos alternativos de abstinencia y de recaídas, que le provocaba trastornos de control de impulsos y de la personalidad.

El tribunal estima que Higinio G. cometió un delito contra la salud pública, pero sólo la referida a los cogollos de marihuana encontrados por la Policía como hallazgo casual al entrar en su domicilio, para evitar un delito que se estaba cometiendo «in fraganti», auxiliar a la víctima y detener a sus autores, lo que efectivamente se logró, y a los 71,40 gramos de marihuana que posteriormente la Policía encontró al cachear un vehículo aparcado cerca de su domicilio y que éste utilizaba, como lo corrobora el hecho de que pidiera, y obtuviera, la devolución de las llaves del vehículo, cacheo para el que no hacía falta autorización judicial ni el consentimiento de su titular o usuario. El propio magistrado ponente, Bernardo Donapetry reconoce que «no sería la primera vez que se desguaza un vehículo en busca de drogas, o en busca, por poner otro ejemplo no infrecuente, de personas que tratan de introducirse ilegalmente en el país».


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