La Voz de Asturias

La unanimidad y el derecho de veto en pandemia

Opinión

Gaspar Llamazares

07 Jun 2021. Actualizado a las 05:00 h.

La derecha española, que lleva toda la pandemia reprochado al gobierno la falta de liderazgo y la ausencia de medidas comunes para todas las CCAA, sin embargo, siempre que éstas se han propuesto o adoptado, no han dudado en votar en contra e incluso en recurrirlas ante los tribunales, con las mismas excusas como argumentos: los de contenido oponiendo las medidas de salud pública a la recuperación de la hostelería, y las de forma con el rechazo de su obligatoriedad para las CCAA que como ellos que no las compartan por carecer de un consenso, un singular tipo de consenso malentendido cómo unanimidad.

Así ocurrió desde un principio con el estado de alarma, que consideraron tardío y que luego terminaron estigmatizado junto a la extrema derecha como un estado de excepción encubierto contra las libertades, ha continuado con el rechazo a las sucesivos paquetes de actuaciones coordinadas para prevenir o contener y doblegar las sucesivas olas de la pandemia, y vuelve a darse ahora frente al semáforo aprobado en el Consejo Interterritorial ante el estancamiento del progresivo descenso en la incidencia de la pandemia y la proximidad de la temporada de vacaciones veraniegas, como ya se hizo antes de las navidades y de la semana santa. Todo, hasta tanto la buena marcha de la vacunación, que ya ha sobrepasado el ambicioso y para la oposición inalcanzable objetivo de los diez millones de inmunizados, culmine con un porcentaje de cobertura cercano a la llamada inmunidad de rebaño.

Es cierto que llama la atención que el nuevo paquete de medidas es más restrictivo en algunas CCAA de las que han estado vigentes desde el final del estado de alarma, dando con ello argumentos para la excusa que buscaban las CCAA del PP y en particular la Comunidad de Madrid, para hacerse de nuevo con la bandera de la hostelería, el ocio y la libertad del consumo, y en definitiva del victimismo frente a la rigidez salubrista del gobierno. De nuevo, la derecha con el monopolio de la unidad y la interpretación del consenso, que según su interesada opinión jurídica pasaría por la unanimidad, y en consecuencia por la exigencia del reconocimiento de su derecho de veto. En definitiva, porque o bien sean ellos quienes estén en el gobierno o en su defecto se les dé la razón cuando no la tienen, en este caso ni total ni parcialmente. Otra cosa bien distinta, es la tradicional oposición de los nacionalistas vascos y catalanes al carácter imperativo de las decisiones de los órganos de coordinación a los que consideran instrumentos federalizantes de control que no reconocen su singularidad en relación al resto de las CCAA.

Vuelve también el PP con su manida receta ley de pandemias cambiante, que de replicar inicialmente el toque de queda o el cierre perimetral, propios del estado de alarma, ahora se limita tan solo a la discutible tarea casi más propia de un reglamento, consistente en pormenorizar los términos, en su opinión excesivamente abiertos de la actual ley de medidas especiales en materia de salud pública, ignorando con ello la mencionada ley de medidas especiales, junto a la más moderna ley general de salud pública que han ninguneado y bloqueado sistemáticamente desde su aprobación en 2011, impidiendo su desarrollo reglamentario en materias tan vitales como el sistema estatal de información y de vigilancia epidemiológica o el comité de salud pública.

Eluden también que el Tribunal Supremo acaba de decir, en sus argumentos ante los recursos de casación, que ambas leyes son útiles en la limitación de la movilidad, si bien de forma más individualizada que en el estado de alarma, con medidas justificadas, acotadas y con proporcionalidad. Pero, sobre todo, pretenden ocultar la utilidad que ha tenido la actual legislación de salud pública junto a la vacunación para evitar la cuarta ola y rebajar sustancialmente la incidencia, todo ello frente a sus anuncios catastrofistas de vacío legal y caos jurídico con el que nos amenazaban como consecuencia del final del estado de alarma.

Ahora que nos encontramos en la fase final de la pandemia, parece que el último recurso de la derecha sería el enredo y el veto, bien a la combinación de AstraZeneca y Pfizer en base a argumentos pseudocientíficos y más recientemente con relación a la vacunación de Jansen, o por otra parte con respecto a las actuaciones coordinadas del Consejo Interterritorial y su carácter obligatorio para todas las CCAA. En este caso, una vez más, con la correspondiente aportación al confusionismo legal, basándose en que el reglamento de funcionamiento del consejo interterritorial del SNS dice que para las decisiones habituales de cooperación es necesario el consenso. Un consenso que según los juristas no significa unanimidad sino mayoría cualificada. Porque la unanimidad, para que fuera exigible, habría que nombrarla expresamente, algo ya consolidado tanto en nuestra legislación como en la europea.

Aunque lo decisivo es que por encima de un reglamento de funcionamiento está el rango superior de las leyes que regulan sus decisiones, sobre todo las que afectan a materias como la competencia específica de coordinación y mucho más en condiciones consideradas de urgencia, como es este caso de la pandemia. Las leyes que regulan la toma de decisiones del Consejo Interterritorial son la ley de cohesión y calidad del SNS y la reforma de la ley del régimen jurídico de las administraciones públicas en lo que hace referencia a las Conferencias Sectoriales, a las que en ella se asimila el Consejo Interterritorial. Curiosamente las dos son leyes promovidas por el gobierno del PP en 2003 y 2015, que interesadamente ahora ignora.

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) es «el órgano permanente de coordinación, cooperación, comunicación e información de los servicios de salud entre ellos [las comunidades autónomas] y con la Administración del Estado», según define la Ley de cohesión sanitaria. La ley de cohesión dice también que el gobierno puede aprobar medidas urgentes de coordinación de obligado cumplimiento, incluso sin someterlas a votación del Consejo y dando cuentas a posteriori, cuanto más cuando dichas actuaciones coordinadas cuentan con una mayoría del órgano, como ocurre en este caso.

Por otra parte, la ley del régimen jurídico de las administraciones públicas, aprobada con posterioridad a propuesta también del gobierno del PP, reafirma el carácter vinculante de las decisiones de coordinación del Consejo incluyendo las no urgentes, porque lo asimila en su funcionamiento y toma de decisiones a las de cualquier otra Conferencia Sectorial compuesta por el ministerio correspondiente y las consejerías de las CCAA. Todo ello se ha incorporado además a los decretos ley aprobados a lo largo de 2020 para hacer frente a la pandemia y ha sido ratificado por los tribunales de justicia ante los recursos interpuestos por la derecha y la extrema derecha en distintos momentos de la misma. No hay lugar pues a ninguna duda ni a los anunciados recursos, salvo como parte del veto y el enredo político.

Si el PP se creyera lo que ahora dice con respecto a la unanimidad y no obligatoriedad de las actuaciones coordinadas, pediría medidas cautelarísimas para paralizar de inmediato la decisión, como en su momento hizo Vox, aunque finalmente se lo rechazó el tribunal. Por eso, con toda probabilidad no lo hará, para con ello continuar con lo que ha hecho a lo largo de toda la pandemia: dar cuerda a su papel de Pepito Grillo, que en la comunidad de Madrid y en las encuestas, al menos hasta ahora, le ha dado un buen resultado.

Todo está muy claro.


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