Pide permiso a la Policía Local para que su hija de 16 años pueda hacer botellón

Alfredo López Penide
LÓPEZ PENIDE PONTEVEDRA

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Restos de un botellón en Santiago de Compostela.Restos de un botellón en Santiago de Compostela
Restos de un botellón en Santiago de Compostela Xoán A. Soler

Los agentes le tuvieron que explicar al turista que los menores no pueden ingerir bebidas alcohólicas

18 ago 2019 . Actualizado a las 13:59 h.

Cuando días atrás la concejala de Seguridad Ciudadana de Pontevedra, Carme da Silva, señaló, en relación a la presencia de adolescentes en las fiestas de las peñas, que «venir a esta fiesta es muchas veces el premio que les dan los padres por llevar buenas notas» fueron muchas las voces que la criticaron. Y sin embargo, lo ocurrido recientemente en el municipio de Poio parece que da la razón a la edila pontevedresa.

Y es que hace un par de fines de semana, los agentes que se encontraban en la Jefatura municipal de Poio se quedaron estupefactos cuando un turista les solicitó la elaboración de una autorización cuanto menos curiosa. El hombre, del que no han trascendido más datos, pero que estaba pasando unos días en este municipio, les reclamó que le estamparan un permiso para que su hija de 16 años pudiese participar en un botellón.

Ante lo insólito de la situación, la primera reacción de los funcionarios fue pensar que se trataba de una cámara oculta para, acto seguido, ponerse en contacto con su superior para trasladarle la petición. De este modo, y superado ese primer impacto inicial, los policías locales le tuvieron que explicar al progenitor que la normativa prohíbe expresamente que los menores consuman alcohol y, de hecho, supone una conducta sancionable tanto para el adolescente como para el padre, en el caso de que se confirme que contó con su visto bueno.

Lo cierto es que estas sanciones administrativas pueden obedecer no solo al consumo de alcohol en la vía pública por parte de los adolescentes, sino también en el caso de que esta conducta se produzca en el interior de un establecimiento. En este segundo caso, la actuaciones sancionadoras también se dirigirán contra el titular del negocio en cuestión.