Alsa, condenada por sancionar a un conductor que se negó a vestir un polo de la empresa

Luis Ordóñez
Luis Ordóñez REDACCION

ASTURIAS

PACO RODRÍGUEZ

La compañía ignoró un justificante médico por dermatitis. «Todo el material que traen de China nos lo ponemos nosotros», denuncia el afectado

27 feb 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

A Juan Corte, conductor de autobuses de Alsa le impusieron 15 días de sanción, de empleo y sueldo, por una falta considera grave por no vestir el polo de la empresa para ponerse al volante. En su lugar llevaba una camisa de manga corta y además hizo constar que un informe médico justificaba su negativa a vestir el polo del uniforme por provocarle una dermatitis de contacto. Ahora la empresa ha sido condenada por El Tribunal Superior de Justicia de Asturias a resarcir al trabajador con la devolución de los días de salario perdidos y una indemnización de 6.000 por «vulnerar derechos fundamentales».

Corte es afiliado al sindicato CSI y la sentencia recoge varios casos en los que ha demandado a la empresa por otros conflictos laborales, la sentencia los recoge como antecedentes de una decisión que no considera justificada sino como represalia de una acción sindical. En el mismo tiempo en que el conductor fue sancionado, se recoge además que otro compañero fue advertido por vestir una camiseta interior bajo el polo pero al que se les aceptó sin problemas un justificante médico similar al de Corte. «Sólo es la punta del iceberg, tengo más juicios en los que me buscan el despido puro y duro, es una guerra de acoso y derribo», denuncia el conductor.

Según su relato, anteriormente la empresa enviaba a los trabajadores a adquirir los uniformes en una gran distribuidora con productos «de calidad» y las prendas no presentaban ningún problema. «Pero ahora todo lo que traen, todo viene de China, de su empresa Cofinex, es una manera de sacar materia prima. Todo el material que tienen del país asiático nos lo ponemos nosotros», destaca para señalar además de que se trata de tejidos de peor calidad «las camisas al quinto lavado no hay por dónde cogerlas».

«Cuando llevas diez horas al volante, un día al sol, a través de la luna la temperatura se puede poner a 45 grados, no sabes cómo se pone la piel. El primer día que puse el polo tuve que meterme en agua fría», explica Corte.

La sentencia detalla de forma pormenorizada la primera advertencia que recibe el conductor a mediados de julio de 2016 para que se ponga el polo exigido por la compañía, apenas dos días después les llega un segundo apercibimiento de mano de un responsable que además insiste en entregarle la ropa del uniforme, a lo que el conductor se niega. Será en esas fechas y con ya una espiral de sanciones y procesos en los tribunales en el horizontes cuando Corte entrega el informe médico, que ya había solicitado una década atrás para poder vestir prendas que no le provocaran alergia, pero no fue tomado en consideración por la empresa. Con todo, la sentencia hace notar que al mismo tiempo otro trabajador también fue requerido por llevar una camiseta interior bajo el polo pero el informe sanitario que presentó para justificarlo fue aceptado sin problema; en ello el tribunal aprecia un ejemplo de mala fe por parte de la empresa. 

Corte señaló que otros compañeros le han consultado si también podrían beneficiarse de la sentencia, aunque no extiende sus efectos entre la plantilla. En todo caso recalca que hay un mal clima en la relación entre el actual equipo directivo y los sindicatos, en particular el suyo, por su beligerancia «porque lo peleamos todo» y afirma que la empresa abusa de las sanciones por falta grave llevando advertencias de este calibre «por cosas como que un conductor supere una velocidad máxima de 50 kilómetros por hora a 54».