La juez de Oviedo considera que la empresa que gestiona el hotel de la Reconquista incurrió en un «fraude de ley»

Pilar Campo OVIEDO

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Concentración de los trabajadores del hotel de La Reconquista.Concentración de los trabajadores del hotel de La Reconquista
Concentración de los trabajadores del hotel de La Reconquista

Los abogados de la trabajadora despedida, con una antigüedad de 39 años, cuestionan que el Principado fuera eximido de responsabilidad

23 sep 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La empresa que gestiona el hotel de la Reconquista, en Oviedo, incurrió en «un fraude de ley» al propiciar la situación que derivó en el despido de varios trabajadores, con antigüedades que oscilaban entre los 13 y 40 años, y que cesaron en su vinculación laboral debido a la supuesta concurrencia de «causas objetivas». Esa circunstancia, unida a la decisión empresarial de incumplir el compromiso de subrogación del personal que había asumido en el contrato de arrendamiento de industria, han sido determinantes para la condena a Ópalo Hotels S.L. y Hoteles Turísticos Unidos S.A. (Hotusa) en el caso del despido de  M.P.P., de 60 años, quien durante 39 años y cuatro meses trabajó como administrativa en el hotel de la capital asturiana.

La sentencia, dictada por  la magistrada-juez María Paloma Martínez, obliga a la empresa a su readmisión en las mismas condiciones laborales y en el mismo puesto de trabajo que venía desempeñando o, en caso de que se optara por rechazar su reincorporación laboral, al abono de una indemnización por importe de 88.366 euros, cantidad de la que se descontaría los 24.108 euros que percibió en su momento. Dos opciones sobre las que la empresa debe pronunciarse, tras haber sido declarado el despido de M.P.P. como improcedente. 

Ahorrar costes eliminando puestos de trabajo 

La magistrada-juez analizó en su resolución judicial otras sentencias anteriores dictadas en relación con los despidos de otros trabajadores, compañeros de M.P.P., donde  la empresa había alegado, al igual que en esta ocasión, «causas económicas y organizativas» para formalizar el cese de la relación laboral. Aun admitiendo que se trata de supuestos distintos, en cuanto a personas implicadas y circunstancias, la sentencia de instancia esgrime que es la empresa la que de antemano crea la situación que ella misma identifica como causa objetiva de despido. «Y ello es así porque es la empresa la que ha decidido prescindir de los puestos administrativos del hotel por resultarle más económico contratarlos con la empresa Citadel, radicada en Chantada (Lugo), y es esa decisión empresarial, que se desentiende de la obligación de subrogación del personal asumida en el contrato de arrendamiento de industria, la que conlleva que M.P.P. carezca de superior inmediato a quien servir, según las manifestaciones de la empresa y la testigo A.I.G.,  y que el pago de su sueldo le resulte un gasto injustificado a la empresa, ya que lo que la trabajadora hace o hacía, la empresa ha decidido que se realice en otra empresa», expone la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Oviedo.

La empresa quiere ahorrar costes ante la mala marcha del hotel y decide que las funciones de administración se contraten a Citadel, implicando a su vez tal decisión la eliminación de los puestos de trabajo en los que se ejecutaban esas actividades en el hotel de la Reconquista.

Las testificales practicadas a instancia de la empresa, A.I. G., en  la subdirección del hotel, y A.J.G.Z., como jefe de administración de Citadel, dejan clara la política de Ópalo Hotels, según expone la magistrada-juez, que deja patente que no es otra que «la marcada por Hotusa, y que consiste en atribuir las funciones administrativas de los hoteles integrados en Hotusa a Citadel, por ser más rentable o menos costoso».

La trascendencia del despido

La empresa presentó los resultados económicos de los ejercicios de los años 2014, 2015 y los previstos para este año 2016, para justificar las pérdidas y la política de restricción económica que había derivado en los despidos de varios trabajadores. Ópalo Hotels aportó a la causa la cuenta de sus propios resultados y los del hotel de la Reconquista a fecha de 31 de diciembre de los años 2014 y 2015, además de las cuentas provisionales de Ópalo y del hotel de La Reconquista a 30 de abril de 2016 y 31 de julio de 2016. Sin embargo todas esas cifras no permiten deslindar la trascendencia que el despido de M.P.P. supone en las cuentas de la empresa.

La magistrada-juez hace constar, en la sentencia, que no se ha podido saber «cuánto gana en puridad la parte demandada al prescindir de sus servicios y si explica ese ahorro un despido de una trabajadora de una antigüedad de 39 años y 4 meses. Esta cifra concreta puesta en relación con las grandes cifras permitiría valorar si las causas económicas esgrimidas por la demandada justifican el despido de M.P.P., sin olvidar que la medida adoptada por la empresa, además de suponerle un coste menos, cosa que parece que lo supone, al no tener que soportar el gasto de personal administrativo en sus cuentas, trasladándolo a Citadel, está justificada por ser proporcionada», añade.

«El Principado no pide ni explicaciones», denuncian los letrados

La sentencia declara la responsabilidad legal del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y desestima, sin embargo, la demanda que la trabajadora M.P.P. había interpuesto frente a la Consejería de Economía y Empleo del Principado, al entender que su inclusión en el pleito obedece exclusivamente a su participación y la de la Sociedad Regional de Turismo en Hostelería Asturiana S.A, por lo que su condición de miembro de la sociedad «no la convierte en responsable de las obligaciones asumidas por la sociedad» y, en consecuencia, advierte de que «no hay una relación laboral con la Consejería de Economía y Empleo».

Los abogados Carlos Suárez Peinado y Olga Blanco Rozada, del despacho Efeso Abogados, que representan a la trabajadora, no entienden cómo el Principado ha podido quedar eximido de cualquier responsabilidad. Los letrados aseguran que la sentencia supone una muestra más del «escandaloso y flagrante incumplimiento del arrendamiento de industria por parte del grupo Hotusa con el beneplácito del Gobierno del Principado de Asturias que, lejos de exigir el cumplimiento del contrato, ni tan siquiera aporta documentación alguna a los actos de juicio y mientras los juzgados no han dudado en calificar de fraudulenta la conducta del grupo Hotusa, líder mundial en el sector de hostelería, el Principado no ha contestado, ni rebatido, ni ha pedido tan siquiera explicaciones a la empresa, demostrativo de su falta de preocupación no ya sólo por los trabajadores que prestan servicios en el hotel de la Reconquista, sino por la pérdida de uno de los símbolos de identidad de la ciudad de Oviedo».