El último ERE de Liberbank: visto para sentencia

EFE OVIEDO

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Cajero de Liberbank
Cajero de Liberbank ELOY ALONSO | REUTERS

Los sindicatos han reiterado en la Audiencia Nacional sus críticas al plan. La entidad defiende la necesidad de los recortes

12 dic 2017 . Actualizado a las 17:28 h.

La Audiencia Nacional ha dejado visto para sentencia el juicio por la demanda de nulidad contra el último Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en Liberbank, vigente desde el pasado junio, después de una única sesión en la que ambas partes han expuesto sus alegatos. Ante el juez de lo Social, Ricardo Bodas, los sindicatos han reiterado sus críticas a un plan que creen está amparado en vicios formales en la negociación, argumentos que han rechazado los representantes del banco, que sostienen que la anulación del ERE abocaría a la entidad a una situación dramática.

Liberbank, nacido de la fusión de Cajastur-Banco Castilla La Mancha, Caja Cantabria y Caja Extremadura, ha defendido la necesidad de los recortes, y han insistido en que estos fueron avalados el pasado 21 de junio por CCOO, UGT, CSIF, STC-CIC, la Candidatura Independiente de Servicios Centrales de Asturias y Oviedo O.P, que representan la mayoría sindical. Un acuerdo que impugnaron ante la Audiencia Nacional la Corriente Sindical de Izquierda (CSI), CSICA, y Apecasyc, sindicato con representación en Cantabria, al entender que no existió un proceso negociador real, y que además esta fase fue «por acuerdo de la dirección y los firmantes, mucho más breve de lo señalado por la legislación».

Para la CSI, que pide una negociación real «con datos sobre la mesa», existe además una falta de información con la que acreditar la auténtica situación de Liberbank, entre otros el plan de negocio y de desarrollo de cierre de oficinas, documentos que la representación de la entidad ha estimado innecesarios. Además, ha reprochado la ausencia de las causas económicas y organizativas alegadas por la empresa, y ha aportado a la sala un estudio a fin de apoyar tal versión.

A la espera de conocer la sentencia, que podrá ser recurrida ante el Tribunal Supremo, continuará en vigor dicho acuerdo, válido hasta diciembre de 2019 y que plantea la movilidad de los empleados así como bajas incentivadas para 525 de los 4.000 trabajadores que actualmente tiene la entidad. En concreto, prevé la salida voluntaria de los nacidos entre 1956 y 1959, y de quienes no se acogieron a anteriores expedientes de regulación con indemnizaciones de 33 días por año trabajado, con límite máximo en los 120.000 euros.

Al margen de este último, el Supremo declaró nulo el primero de los ERE, aplicado entre junio y diciembre de 2013, tras valorar que se había vulnerado la libertad sindical. El pasado junio, el alto tribunal ratificó asimismo la nulidad de las medidas unilaterales implantadas con anterioridad a ese expediente por entender que la dirección incurrió en un grave incumplimiento en la negociación ya que no aportó las cuentas del primer trimestre del año.