El Supremo dice que es el cliente y no el banco quien debe pagar los gastos de las hipotecas

Efe / Europa Press MADRID

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El Alto Tribunal ha decidido en relación a dos recursos relativos a reclamaciones de consumidores contra cláusulas de escrituras de préstamo

28 feb 2018 . Actualizado a las 17:28 h.

El Tribunal Supremo ha decidido este miércoles que es el cliente y no el banco el que debe hacerse cargo de los gastos e impuestos de constitución de una hipoteca.

El pleno de la Sala primera ha decidido en relación a dos recursos relativos a reclamaciones de consumidores contra cláusulas de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, que atribuían a los particulares todos los gastos e impuestos generados por la operación. En concreto, señala el gabinete técnico del alto tribunal en una nota, se trataba del pago del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre lo que la sentencia establece que por la constitución del préstamo, el pago incumbe al prestatario, por los documentos notariales, a partes iguales, y en cuanto a las copias, a quien las solicite. 

El Tribunal falla a favor de las entidades bancarias, dado que suele ser práctica habitual que los hipotecados paguen los impuestos relacionados con la constitución de las hipotecas, el grueso de los gastos relacionados con la suscripción de un préstamo hipotecario. Sin embargo, en su sentencia de diciembre del 2015 el Supremo sí dictaminó la «abusividad» de una cláusula que, «sin negociación y de manera indiscriminada», atribuye todo el pago de los gastos e impuestos al consumidor, a pesar de que la ley hace una distribución de los mismos, y por tanto declaró nulas todas las cláusulas que imponían al cliente todos los costes de concertación del contrato y del pago de todos los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco.

En aquella ocasión, la sentencia del Supremo se derivó de una acción colectiva de la OCU, que solicitaba la nulidad de múltiples cláusulas de varios contratos bancarios del BBVA y del Popular. Por eso, la sentencia de este miércoles del alto tribunal se refería únicamente a quién debía pagar el ITP y AJD, y ha estimado solo parcialmente los recursos de casación interpuestos por los consumidores afectados, dado que ha determinado que el grueso de estos impuestos, relativo a la constitución del préstamo, debe pagarlo el cliente.

De esta forma, a los bancos solo les corresponde pagar la mitad del impuesto sobre el timbre de los documentos notariales y las copias, a quien las solicite. El Supremo indica que el fallo ya ha sido comunicado a los procuradores de las partes y que el texto íntegro de las sentencias se dará a conocer en los próximos días.

El ITP y AJD es un impuesto autonómico, que varía en función de cada comunidad autónoma, y que representa el pago de un porcentaje sobre la escritura notarial en la que se formalice la hipoteca. Según los datos aportados por varios despachos de abogados, el pago de este impuesto se sitúa de media entre los 3.000 y 4.000 euros.