El Principado prohibirá a las asociaciones organizar excursiones

Susana D. Machargo REDACCIÓN

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Aeropuerto de Asturias
Aeropuerto de Asturias

El Gobierno regional aún no ha modernizado su ley de agencias de viaje. Incrementará la seguridad de los consumidores

05 jul 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El 1 de julio de 2018. Ese era el plazo máximo para que las comunidades autónomas adaptasen sus leyes de empresas de intermediación al derecho europeo, es decir, que amoldasen sus normativas regionales de agencias de viajes a lo que dicta Bruselas. El objetivo que persigue esta transposición es simplemente incrementar las garantías al consumidor, en caso de cancelaciones o cierres, clarificarlas competencias de cada tipo de negocio y marcar los requisitos económicos necesarios para hacer frente a los imprevistos. Asturias no ha llegado a tiempo y el sector continuará rigiéndose por el decreto antiguo. El Gobierno del Principado sacó a exposición pública el pasado lunes, 2 de julio, el proyecto de decreto, que todavía tendrá que pasar numerosos trámites, aunque ya ha recibido el visto bueno del Consejo Asesor de Turismo. Los que no han participado demasiado en todo el proceso de elaboración han sido los propios empresarios implicados. El presidente de la patronal Otava, Íñigo Fernández, señala que acudieron a dos sesiones informativas a mediados de 2017 pero que no han vuelto a saber nada más, aunque tienen constancia de que sí hubo reuniones con hosteleros y sindicatos.

Las principales novedades de este documento son dos. La primera es que incrementa la seguridad de que los viajeros cobrarán lo que les corresponde en caso de que haya imprevistos. La segunda es que determina con exactitud quién puede comercializar viajes. Describe las agencias, las centrales de reservas y las grandes empresas con numerosas sucursales. Pero nadie más. Es decir, cierra por completo la posibilidad de que asociaciones de amas de casas, colectivos de jubilados o culturales o ayuntamientos organicen sus propias excursiones. Si lo hacen tienen que encargárselo a un profesional. No pueden realizar la gestión de manera directa. Con una única posibilidad, pedir una excepción expresa a la Administración asturiana. La Consejería de Industria y Turismo se reserva el derecho a autorizar a determinados organismos públicos a organizar viajes sin ánimo de lucro, en función de acuerdos con organismos internacionales. 

Legislación y definición

Todos estos apartados son casi idénticos a los de otras comunidades, que ya han hechos sus deberes. Aragón, por ejemplo, llegó por los pelos y publicó la suya el pasado 2 de julio. Esa similitud se debe a que, en realidad, se está adaptando la Directiva 2015/2302 aprobada por el Parlamento europeo, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viajes vinculados, que incorporaba la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que interpreta la garantía que se debe dar a los clientes. La base es que se incluya la regulación imprescindible para atender la necesidad de cubrir las necesidades de los clientes. Todo este tema se abordó en diferentes mesas de trabajo organizadas por el Ministerio de Turismo al que asistieron los directores generales de las comunidades autónomas, entre ellas, el Principado. 

Para que no deje lugar a dudas define qué son empresas de intermediación turística, el concepto y las modalidades. Las describe como las empresas que se dedican profesional y habitualmente a desarrollar actividades de mediación y organización de servicios turísticos, pudiendo utilizar para ello medios propios. Pueden adoptar cualquier modalidad de agencias o centrales de reservas. Los términos viaje o viajes solo podrán utilizarse como todo o parte del título o subtítulo que rotule sus actividades si son empresas legalmente constituidas para prestar este servicio. Podrán vender billetes de transporte, reservar alojamientos, comercializar viajes combinados, organizar excursiones de un día y actuar como representantes de otras agencias nacionales o extranjeras. Pueden ser mayoristas, minoristas o mezclar ambas funciones. 

Los avales

El decreto del Principado establece que los organizadores de viajes y los minoristas están obligados a constituir y mantener de forma permanente una garantía para responder, en caso de insolvencia, del reembolso efectivo de todos los pagos realizados por los viajeros o por un tercero en su nombre. La garantía individual, que ya existía, pasa de 60.000 euros a 100.000 euros y a partir del segundo año tendrá que tener una garantía equivalente al 5% del volumen de negocio derivado de los ingresos por la venta de viajes combinados. El portavoz de la agencias, Íñigo Fernández, cree que la medida es positiva solo a medias y lo explica. Considera positivo que se incremente la cantidad económica de la garantía, para dar más seguridad al cliente pero no está muy de acuerdo con la parte en la que habla de ese 5% de los viajes combinados. La razón es que al no ser el 5% del volumen de negocio total, los clientes que no adquieran viajes combinados y se queden con otro tipo de servicios, como la reserva de transporte, quedarán más desprotegidos. En caso de un problema, cobrarían primero lo de los viajes combinados y ellos quedarían para el final, en caso de que siguiese habiendo remanente. 

Establece más garantías. Otra colectiva, para las asociaciones empresariales, que no podrán ser inferior a 2,5 millones y en la que cada miembro tendrá que poner como mínimo el 50% de lo que le corresponde a título individual. Mantiene la obligación de suscribir seguros de responsabilidad civil con una póliza de permanente vigencia. Ese contrato tendrá que tener tres bloques de responsabilidades, por la explotación de negocio, por responsabilidad subsidiaria y por daños patrimoniales primarios. La cuantía mínima será de 150.253,03 euros.

El decreto fija cómo tienen que ser los locales, cómo tienen que estar identificados y el tipo de publicidad que pueden hacer. Establece los contratos que se pueden firmar con los clientes,... Marca que el depósito por una reserva no puede ser superior al 40% del total presupuestado y que en los servicios sueltos no podrán percibir de sus clientes más que el precio del servicio en sí. Si el cliente desiste de los servicios contratados tiene derecho a la devolución de la cantidad pagada pero sí tendrá que indemnizar a la agencia. Deberá pagar los gastos de gestión, los de anulación si así aparece en el contrato y una penalización si es con menos de 15 días de antelación. Esa penalización va del 5% al 25% en función del tiempo exacto que quede para la salida.

El Principado añade también otras medidas complementarias de calidad. Un detalle que sirve como ejemplo: en las visitas colectivas a museos o bienes declarados de interés cultural en Asturias, si se oferta un guía, deberá ser uno habilitado oficialmente. En otro apartado habla del intrusismo. Considera también intrusismo la labor, socialmente muy extendida, de las asociaciones privadas que organizar viajes, incluso las de instituciones públicas como los ayuntamientos, a través de sus fundaciones o patronatos o de manera directa. Les obliga a todos a pasar por una agencia autorizada, ya que tiene que ser un profesional el que lo haga todo. Solo da una alternativa a los consistorios a pedir permiso, como una excepción.

Los profesionales

El presidente de la patronal ha acogido con cierta sorpresa la salida a exposición pública del decreto. Cierta sorpresa y no mayúscula porque Íñigo Fernández sabía que el 1 de julio la normativa tendría que haber entrado en vigor. Sin embargo, no entiende que las agencias de viajes, que son las principales interesadas en esta normativa, no hayan sabido nada de la Administración desde septiembre de 2017, fecha en la que se celebró la última reunión profesional. Así que los empresarios no tenían ni idea de cómo ha quedado la normativa. Sí que saben algo más la patronal Otea, de hostelería o los sindicatos, porque se preparó una sesión con ellos vinculada al Consejo Económico y Social.  

Ahora quieren leerla con detalle para ver cómo ha quedado el articulado. No piensa que haya demasiado margen para presentarla alegaciones al tratarse de una transposición de una normativa europea. Aún así se la leerán con detenimiento para comprobar si cumple sus expectativas, a toro pasado.