El BCE obliga a la banca a calcular el roto de las cláusulas suelo desde el origen

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

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Las entidades tendrán que incluir el golpe de su eliminación total en los test de estrés

09 jun 2016 . Actualizado a las 07:17 h.

El Banco Central Europeo (BCE), que someterá el próximo mes de julio a los seis principales bancos del país -Santander, BBVA, Caixabank, Bankia, Sabadell y Popular- a ejercicios individuales de estrés, los ha obligado a incluir en ellos el roto que les supondría en las cuentas asumir la retroactividad total de las cláusulas suelo. Es decir, lo que potencialmente podrían tener que devolver a los clientes si se declarasen nulas desde el origen de las hipotecas que las contienen.

Según explican fuentes financieras, la Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en inglés) ha decidido que los test incluyan en el escenario estresado, es decir, en el de condiciones más desfavorables para el negocio de cada entidad, además de una evolución más negativa de los tipos de interés, también el impacto que tendría que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminara a favor de la retroactividad total de las cláusulas suelo. Asimismo, las entidades calcularán también cómo quedaría su margen de intereses excluyendo el suelo, de forma que al efecto retroactivo se le suma el prospectivo.

Las pruebas de estrés prácticamente coincidirán con el momento en el que el abogado general de la Unión Europea (equivalente a la Fiscalía nacional) presente su dictamen ante el TJUE sobre la procedencia o no de la retroactividad total de los topes a la bajada de intereses introducidos en las hipotecas por la banca. La vista está programada para el 12 de julio, aunque la decisión del tribunal no se espera hasta pasado el verano. 

Retroactividad parcial

Cabe recordar que una sentencia del Tribunal Supremo estableció la retroactividad parcial de las polémicas cláusulas y fijó como limite el 9 de mayo del 2013 para la devolución de las cantidades indebidamente cobradas a los clientes afectados de BBVA, Abanca (entonces Novagalicia) y Cajamar. Dicha sentencia marcó el lento camino hacia la supresión de las polémicas cláusulas, cuya comercialización comenzó mayoritariamente en el 2010 y que se consideran legales salvo en los casos en los que su formalización adoleció de falta de transparencia o sus condiciones fueron abusivas.

Los reveses judiciales han hecho que las entidades las hayan ido eliminando -sin retroactividad alguna- y provisionando el impacto de una potencial devolución de dinero a los clientes, pero con la fecha tope de reembolso de mayo del 2013, la de la sentencia del Supremo.

El Banco de España estimó entre 5.000 y 7.600 millones el coste global de la devolución parcial, que puede dispararse en función de la próxima decisión del TJUE. Fuentes del sector señalaron que, aunque los test de estrés incluyan su impacto como ejercicio teórico, se desconoce si se hará público.

España se enfrenta a una sanción de la UE por no trasponer en plazo la directiva de hipotecas

España se enfrenta a que la UE le abra un procedimiento por infracción al no haber traspuesto en plazo la directiva europea de hipotecas. Así lo confirmó ayer el comisario europeo de Servicios Financieros, Jonathan Hill, en respuesta a la pregunta formulada por la vicepresidenta de los liberales en el Parlamento Europeo y portavoz de UPyD, Maite Pagazaurtundúa, sobre las medidas que Bruselas tomará contra España, ya que la nueva normativa amplía los derechos de los consumidores.

«Todos los Estados miembros que no notificaron la trasposición de la directiva hasta el 21 de marzo del 2016 se arriesgan a recibir un escrito de requerimiento con arreglo al procedimiento de infracción», que abre el proceso, según Hill. Además de España, otros 19 países tienen pendiente la trasposición.

La parlamentaria de UPyD recuerda en un comunicado que esta normativa establece un marco regulatorio común sobre contratos garantizados mediante hipoteca u otras garantías y en relación con bienes inmuebles, incluida la obligación de llevar a cabo una evaluación de la solvencia por parte de las entidades, con el fin de evitar desahucios. También mejora la protección del consumidor, al obligar al banco a informar al cliente de todas las ofertas existentes en el mercado y a garantizarle siete días de plazo para retractarse del contrato; elimina los recargos por amortización anticipada e incrementa la información para las hipotecas multidivisas.