Indemnizado por daño psicológico a causa de una fábrica de tóxicos junto a su casa

Luis Carlos Llera Llorente
luis carlos llera VIGO / LA VOZ

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Manuel Rodríguez muestra la sentencia del Tribunal Superior
Manuel Rodríguez muestra la sentencia del Tribunal Superior Luis Carlos Llera

Una sentencia del TSXG condena al Concello de Mos a pagarle 12.000 euros

22 oct 2018 . Actualizado a las 08:09 h.

Las fábricas pueden causar daños psicológicos y morales a los que viven junto a ellas. Lo dicen los jueces del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Un vecino de Mos, que todavía está a tratamiento médico por estos problemas, tendrá que ser indemnizado con 12.000 euros por «el perjuicio psicológico derivado de la presión que ha estado sufriendo desde el año 1999 por la instalación en el entorno de su domicilio de varias fábricas que le han obligado a interponer denuncias, quejas y procedimientos judiciales».

Las que tienen que pagar la indemnización, que aún no se ha hecho efectiva, no son las tres empresas denunciadas en su día, sino el Concello de Mos, al que el TSXG considera responsable patrimonialmente por no haber actuado urbanísticamente contra las instalaciones denunciadas de forma taxativa. El perjudicado argumentó ante los jueces que la Administración era responsable por su inactividad ante las resoluciones de obligado cumplimiento en materia de legalidad urbanística. El Concello intentó eludir el pago señalando que no se daban las circunstancias para incurrir en responsabilidad patrimonial y aseguró que hubo errores e incorrecciones al valorar las pruebas. Ahora solo le queda acudir al Supremo.

Manuel vivía en una zona idílica en el alto de Tameiga, rodeado de árboles y aire puro, pero poco a poco se fueron montando naves a su alrededor y en una de ellas, Rube, se almacenaban productos químicos y tóxicos. El contenido de estos bidones y su trasiego empezaron a alterar la paz de este vecino. Recurrió ante los tribunales porque «el Concello de Mos no atendía las quejas».

La Axencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictaminó que no se podía legalizar la nave en cuestión «por ser incompatible con el ordenamiento como suelo equivalente al rústico». El TSXG recoge que se comprobó que existía una nave de 800 metros cuadrados en el lugar de Cotiño, en Tameiga, en la que se llevaba a cabo una actividad de «gestión y almacenamiento de residuos industriales y venta de productos químicos con tierras de zinc» procedentes de fábricas de cemento y de planchas de este material. Aunque la agencia amenazó con multas en el 2012, seis años después la nave sigue en el mismo lugar, aunque según el demandante «había obligación de restituir la legalidad».