Javier Ledo seguirá en prisión

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Javier Ledo, a su llegada a la sala del Juzgado Penal 1 de Gijón
Javier Ledo, a su llegada a la sala del Juzgado Penal 1 de Gijón Juan González

Ratificada la cárcel provisional para el acusado del asesinato de Paz Fernández Borrego

17 abr 2018 . Actualizado a las 12:00 h.

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Gijón, ha ratificado este martes la continuidad de la prisión provisional para el acusado de la muerte de Paz Fernández Borrego, Javier Ledo. En concreto, se basa en dos fundamentos, el primero la gravedad de los hechos ocurridos y en segundo la reiteración delictiva del investigado.

El abogado de Ledo, Pedro Víctor Álvarez, había atribuido esta decisión a la existencia de riesgo de fuga. Cabe recordar que la vista de este día viene a ratificar la medida de prisión que dictó en su día el juzgado de Luarca, el que primero instruyó el caso.

La magistrada titular del Juzgado de Violencia de Género de Gijón acaba de dictar un auto confirmando la medida de prisión provisional dictada por el Juzgado de Luarca, encargado del caso en primera instancia. A la hora de tomar su decisión, la magistrada ha valorado dos condicionantes. El primero, la gravedad de los hechos. Señala que, en las diligencias recibidas, «se aprecian indicios claros de que el investigado y la mujer mantuvieran una relación sentimental en el momento de los hechos, se hubiese cometido un delito de homicidio sin perjuicio de que dicha calificación pudiese ser modificada según vaya avanzando la instrucción, así como declaraciones del investigado reconociendo unos hechos concretos de gravedad». Además, la magistrada ha hecho constar que no se ha practicando, hasta el momento, ninguna diligencia que pudiese alterar lo valorado en el Juzgado de Luarca para dictar la medida de prisión provisional. El segundo condicionante al que se refieres es la «reiteración delictiva». Explica que el investigado «cuenta con un amplio historial de antecedentes policiales y judiciales, varios de ellos de violencia de género y que incluyen distintos quebrantamientos de condena».

Asimismo, la magistrada desmiente que el riesgo de fuga haya sido un elemento valorativo en este caso para ratificar la medida objeto de la comparecencia.