Absuelto de tráfico de drogas el dueño de una tienda de productos CBD de Gijón

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Palacio de Justicia de Gijón
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Justificó con facturas que tres sustancias habían sido adquiridas en Italia con un porcentaje de THC inferior al mínimo legal

20 dic 2021 . Actualizado a las 14:43 h.

El propietario de un establecimiento de venta de productos de cáñamo industrial de Gijón, que afrontaba una petición fiscal de más de tres años de cárcel, ha sido absuelto de un delito contra la salud pública al justificar con facturas que las tres sustancias que dieron positivo a cannabis fueron adquiridas en Italia con un porcentaje de THC inferior al mínimo legal en una versión corroborada por testificales y periciales.

La titular del juzgado de lo Penal 3 de Gijón ha valorado a favor del acusado tanto la aportación de las facturas de la empresa italiana que reflejaban que se trataba de sustancias similares a la marihuana, pero sin contener THC (el principal compuesto psicoactivo de la planta), como la declaración del policía que resaltó la colaboración del acusado en el registro y la pericial del Laboratorio de Cantabria que analizó las muestras.

La incautación tuvo lugar el 14 de febrero de 2020 cuando la Policía Nacional realizó una inspección en el establecimiento del acusado donde se venden productos artesanales derivados del cáñamo industrial, libres de THC, como cremas, aceites, bálsamos, tés e infusiones.

Además, en el local había diversas variedades de una sustancia de origen vegetal de color verde de apariencia similar a la marihuana que el acusado manifestó que era cáñamo industrial denominado CBD (Cannabidiol), un compuesto cannabinoide no psicotrópico, que estaban almacenadas en botes de cristal con inscripciones en rotulador en su tapa.

Los agentes se llevaron las muestras de tres productos con el nombre comercial AK-47 Cannatonic y Remedy que el acusado precisó que estaban libres de THC al contener menos del 0,2 % siendo vendidas a 5, 6 ó 7 euros el gramo dependiendo de la variedad.

El laboratorio de Estupefacientes del Área de Sanidad de la Delegación del Gobierno de Cantabria certificó que las tres muestras se correspondían con cannabis con un peso respectivo de 1,51 gramos, 1,56 gramos y 1,38 gramos y una riqueza del 0,5% de THC.

El policía que intervino en la incautación declaró que en la documentación de Italia se indicaba que se trataba de sustancia similar a la marihuana, pero que no tenía THC y ratificó que las muestras que recogieron para su análisis no se congelaron, limitándose a meterlas en una bolsa con cierre.

La jueza ha tenido en cuenta que la técnica farmacéutica reconoció que el análisis de estas muestras se efectuó un año y un mes después de su incautación y, según su pericial, ese tiempo influía en el THC porque cualquier flor de cáñamo industrial si en un gramo tiene 0,2 de THC pasado un año el material vegetal merma y el porcentaje aumenta.

Una declaración que coincidía con la versión del acusado de que cabía la posibilidad de que con el tiempo la riqueza sufriera variación, ya que siempre había una pérdida y si no se congela, si la flor se corta y no se conserva sufre una degradación natural que normalmente supone una pérdida de THC.

Su abogado defensor, José Luis León, sostuvo en el juicio que su representado siempre vendía productos derivados del cáñamo, libres de THC, en concreto de menos de 0,2% que es el mínimo legal permitido, que el comerció lo había abierto hacía un año y que contaba con todas las autorizaciones del Ayuntamiento de Gijón.

Todas las pruebas concluían que la empresa de Italia recogía en la etiqueta que no era psicotrópico porque mantenía unos niveles concretos de THC para coleccionismo, informa Efe.