Una aseguradora deberá pagar 95.000 euros a una atropellada en Oviedo

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Coche de la Policía Local de Oviedo Ayuntamiento de Oviedo

La conductora no se detuvo a auxiliar a la víctima

31 oct 2019 . Actualizado a las 13:09 h.

Un juez ha condenado a una conductora a la retirada del permiso de circulación durante dos años y a su compañía aseguradora a abonar una indemnización de 95.000 euros a una mujer por las graves lesiones que sufrió al ser atropellada cuando el vehículo de la acusada invadió la acera y, sin detenerse a auxiliarla, continuó su marcha, en pleno centro de Oviedo.

El atropello se produjo en 2017 y, dos años después del accidente, la víctima sigue sufriendo secuelas que el juez ha tenido en cuenta para fijar la indemnización ante la pérdida de calidad de vida, el perjuicio «moral, psicofísico, orgánico y neuronal», las cuatro intervenciones quirúrgicas a las que fue sometida y la falta de movilidad actual para su actividad cotidiana.

El titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo ha declarado probado que la acusada, M.L.M.B., actuó «con la mínima diligencia en la conducción» cuando, el 21 de marzo de 2017, circulaba con su vehículo por la calle Marqués de Santa Cruz y, al llegar a la altura del semáforo existente para acceder a la confluencia de las calles Uría y Fruela, no se percató de que había un vehículo detenido en un semáforo en rojo, informa EFE.

El juez subraya en la sentencia que la acusada no prestaba «la mínima atención, ni la mínima diligencia, ni cuidados» exigidos a la circulación y para evitar la colisión dio un «volantazo» a la derecha, invadiendo la acera cuando en ese momento caminaba M.P.A.P. La acusada tampoco extremó la precaución al circular por un tramo urbano e ignoró igualmente que tenía la opción de maniobrar a su izquierda, donde estaba la vía expedita , ni el riesgo de que, como ocurrió, hubiera peatones en la acera, advierte en la resolución.

Tras arrollar a la víctima, el vehículo de la acusada continuó su marcha, en un comportamiento que el juez califica como «negligente, descuidado de gravedad suma», lo que le lleva a condenarla por un delito de lesiones por imprudencia grave utilizando vehículo a motor. En la sentencia, el juez descarta la versión de la acusada de que el accidente se había debido a un fallo en los frenos, tras dar validez al testimonio de los policías locales que era «imparcial y objetivo», señala.

Los policías rebatieron los argumentos exculpatorios de la acusada con las comprobaciones in situ del turismo, que frenaba correctamente y el juez aprecia que, en su primera declaración ante los agentes, descartó que hubiera confundido el pedal del freno con el del acelerador. A consecuencia del accidente, la víctima permaneció ingresada 36 días en el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), tres de ellos en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) y 197 días impedida para sus ocupaciones habituales y desde entonces ha tenido que cambiar de domicilio, al residir en un piso sin ascensor en el momento del siniestro, circunstancia que el juez también ha tenido en cuenta.

El abogado Víctor Domínguez Vázquez, que ejercita la acusación particular en nombre de la víctima, ha asegurado que interpondrá un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias, al sostener que ha habido un error en la valoración de la prueba. La acusación particular incidirá en el recurso de apelación en que tanto el informe del forense como las periciales de los médicos que fueron ratificados en el juicio, celebrado el pasado 17 de octubre, mantienen que la víctima tendrá «con certeza» que necesitar dos prótesis de rodilla a lo largo de su vida y la sentencia no ha valorado este extremo a la hora de establecer la indemnización.