La Iglesia debate desde hace quince años sobre la dispersión de las cenizas

M. S. REDACCIÓN / LA VOZ

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ANGEL MANSO

Un texto del 2001 recogía la recomendación de darles sepultura que ahora se aprueba

28 oct 2016 . Actualizado a las 08:38 h.

El Vaticano divulgaba el martes la instrucción Ad resurgendum cum Christo, a través de la cual se prohíbe a los católicos conservar en casa o esparcir las cenizas de los difuntos. Detrás de esta normativa que fue aprobada por el papa Francisco en el mes de marzo hay muchos años de debate en el seno de la Iglesia e incluso de posiciones encontradas entre diferentes conferencias episcopales.

Aunque la cremación fue aceptada en 1963 por la Iglesia católica, que hasta entonces solo aceptaba el enterramiento como alternativa para los difuntos, el debate sobre el destino de las cenizas no se impuso hasta varias décadas después, cuando la cifra de incineraciones comenzó a crecer y cuando algunos de esos fieles decidían que el destino de sus cenizas no sería un frío nicho.

El debate que desde entonces se libra en el seno de la jerarquía eclesiástica tiene varias aristas. Por una parte, muchos teólogos católicos entienden que esparcir las cenizas es un rito pagano y que, por tanto, debe evitarse. Por otra parte, conservar la urna funeraria en casa significa, según los defensores de la prohibición, eliminar el ritual de acompañamiento del difunto hasta su última morada en el cementerio. En el fondo de esta discusión sobre la sepultura del cuerpo de los difuntos subyace la discusión sobre la resurrección y si esta afecta solo al alma o también a la carne.

Ya en el año 2001 el Directorio sobre Liturgia y Pastoral Popular recomendaba «exhortar a los fieles a no conservar en su casa las cenizas de los familiares, sino darles la sepultura acostumbrada». Ocho años después, en el 2009, la Conferencia episcopal italiana preparó un documento sobre los ritos funerarios en el que volvía a manifestarse en contra de la dispersión de las cenizas. Hubo que esperar, sin embargo, al 2012 para que el episcopado italiano aprobase el Rito de exequias, en el que se considera que «la sepultura del cuerpo de los difuntos es la forma más adecuada para expresar la fe en la resurrección de la carne, así como para favorecer el recuerdo y la oración del sufragio por parte de familiares y amigos». Este mismo texto entendía que esparcir las cenizas en la naturaleza o conservarlas en lugares distintos a un camposanto son prácticas que «producen no pocas perplejidades sobre su plena coherencia con la fe cristiana, sobre todo cuando remiten a concepciones panteístas o naturalistas».

Cuatro años después, la Congregación para la Doctrina de la Fe ha aprobado estas restricciones para todos los fieles católicos que, salvo en casos excepcionales, deben dar sepultura en un espacio sagrado a las cenizas de sus difuntos. Según esta nueva norma, los fieles que se aparten de estas prácticas podrán incluso ser privados de las exequias fúnebres, aunque la Iglesia advierte, en este punto, que esta medida drástica está reservada a aquellos casos en los que «el difunto hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza por razones contrarias a la fe cristiana». Desde el Arzobispado de Santiago aseguraban, a este respecto, que «el sentido común» dictará la fórmula de actuar en cada caso.

En España son incinerados el 36 % de los fallecidos, y en Galicia en torno al 20 %, según las empresas funerarias. Solo una pequeña parte de las personas incineradas no se entierran.

Galicia no prevé cambios en la normativa

En Galicia las normas relacionadas con los enterramientos se recogen en el Decreto de Sanidad Mortuoria aprobado en el año 2014, según el cual las cenizas deben entregarse en urna a la familia, que decidirá su depósito «en sepultura, columbario, propiedad privada u otro destino compatible con las normas ambientales y sanitarias». La Consellería de Sanidade no prevé, de momento, cambios en esta norma.