Los gallegos podrían buscar la gestación subrogada en Portugal

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M.P.VilarM.Gundín

El criterio del Consejo de Reproducción Asistida es que se abra a los extranjeros «sin alguna otra limitación»

01 ago 2017 . Actualizado a las 18:57 h.

El restringido Decreto que regula la modificación sobre la situación de la gestación subrogada en Portugal es ya una realidad. Así lo ampara la Ley nº 25/2016 del 22 de agosto, según la cual las mujeres estériles, sin útero o con algún tipo de lesión, pueden quedarse embarazadas a través de un vientre de alquiler. Y es que en realidad, ya desde hace tiempo lo han venido reclamando con insistencia diversas agrupaciones, entre ellas la Asociación Portuguesa de Fertilidad, que pedía que se tuviese en cuenta a todos aquellos padres y madres que no pudiesen concebir un hijo y que, por ello, tuviesen que viajar a, por ejemplo, Estados Unidos, para poder lucrarse de esta técnica. La medida, trasladándola a España, aún se presenta como un tema a debate y ante el que los partidos no logran un acuerdo común.

La mujer que lleve a cabo el embarazo, es decir, el «vientre de alquiler», no tendrá ningún tipo de relación con la familia que adopte al bebé ni recibirá, tampoco, ninguna compensación económica, según se recoge en el artículo 8 de dicha Ley. Sin embargo, esta modificación no responde a la totalidad de la demanda de la sociedad, ya que un importante sector reclama, también, que las parejas homosexuales puedan beneficiarse de este método, algo que ha quedado excluido del Decreto. El catedrático de Derecho Constitucional, Santiago Roura, explicó los detalles de esta nueva Ley, así como el criterio del Consejo de Reproducción Asistida, que apuesta porque esta iniciativa se abra a los extranjeros -y por lo tanto a los españoles y gallegos- «sin ningún tipo de limitación», según indicó el experto. 

Las adopciones del niños nacidos fuera de Francia gracias a la gestación de una mujer -estipuladas recientemente por el Tribunal Supremo- y ahora esta nueva medida implantada en Portugal, sugieren que los gobiernos de los países vecinos están involucrándose en una cuestión que ya no escapa de la boca de nadie y que, aún teniendo un trasfondo polémico, es necesario poner sobre la mesa.

A lo largo del tiempo, los españoles se han beneficiado del país luso accediendo a servicios o productos que en nuestro país no se proporcionaban o, simplemente, no estaban amparados por la Ley. El acuerdo entre España y Portugal hace tan solo un mes en lo relativo a la compra centralizada de medicamentos o la idea de que cientos de gallegos hayan ido a Portugal a por la vacuna de la meningitis B, son algunas de las cuestiones que incitan a pensar en que los dirigentes y la oposición del Gobierno español se puedan apresurar a debatir de nuevo -e incluso a buscar solución- a esta técnica que ha suscitado muchas discrepancias entre las fuerzas políticas y que, en este país, se encuentra en una situación alegal

La situación del vientre de alquiler en España

El artículo 10 de la Ley 14/2006 de 26 de mayo sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida establece que «cualquier contrato para engendrar un hijo por maternidad subrogada llevado a cabo en nuestro país, será nulo de pleno derecho». Sin embargo, sí se puede llevar a cabo esta práctica fuera de España -sin estar penado por ninguna Ley-, ya que, con motivo de la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea, la Constitución garantiza la nacionalidad del niño o niña.