El CGPJ tiene dos informes sobre la amnistía que chocan sobre su constitucionalidad

La Voz REDACCIÓN

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CGPJ | EFE

Los informes se han hecho públicos un par de días antes de que el Congreso vote y apruebe la proposición de ley de la amnistía

13 mar 2024 . Actualizado a las 14:02 h.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debatirá el próximo jueves 21 dos informes sobre la Ley de Amnistía que son contradictorios entre sí, uno del vocal conservador Wenceslao Olea que dice que la norma es inconstitucional y otro de la progresista Mar Cabrejas que sí la ve encaje en la Carta Magna.

Los informes se han hecho públicos un par de días antes de que el Congreso vote y apruebe la proposición de ley de la amnistía antes de mandarla al Senado, que es la cámara que ha encargado la redacción de un informe al órgano de gobierno de los jueces. Olea advierte de la inconstitucionalidad de la norma al defender que «ni la doctrina del Tribunal Constitucional, ni la jurisprudencia del Tribunal Supremo permiten concluir que la amnistía esté reconocida en nuestro Derecho».

Critica su «deficiente técnica jurídica» y su «arbitraria» tramitación parlamentaria, considera que no hay interés general y que la ley «socava el derecho a la igualdad» entre los ciudadanos al tiempo que entiende que «el texto vulnera la separación de poderes» porque «no resulta admisible que el Legislativo pueda dejar sin efecto las decisiones de los tribunales», salvo en los indultos.

Olea, cuya propuesta previsiblemente será la que encuentre un mayor respaldo en el CGPJ que cuenta con mayoría conservadora, aboga por dejar fuera de la amnistía todos los delitos de terrorismo y advierte de que dejar sin efecto una orden europea de detención puede ser contrario al Derecho de la UE. Igualmente, asegura que la no suspensión del procedimiento, cuando se plantee una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional o una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE no se ajusta a la regulación de esos organismos.

Por su parte, Cabrejas sostiene que «el silencio constitucional respecto de la amnistía no significa que exista un vacío jurídico», ya que «no existiendo una prohibición expresa en la Constitución para aprobar una amnistía, el legislador puede adoptar» esta medida. En su opinión, «una ley de amnistía es excepcional, retroactiva y temporal, pero ello no le priva de la cualidad de ley».

Así, aunque ve que la amnistía puede tener encaje legal, considera, sin embargo, que la formulación de un juicio sobre su constitucionalidad excede de la función consultiva del Consejo. Ahora bien, su informe también es crítico con la ley cuando dice que «contiene algunas fórmulas excesivamente abiertas e indeterminadas» y pide concretar el espacio temporal de la ley.

Sobre el terrorismo, la ponente afirma que se defina lo que se considera violaciones graves de los derechos humanos al tiempo que deja claro que «modular o eliminar el efecto suspensivo de la cuestión prejudicial no parece que esté al alcance del legislador nacional».