Los tribunales condenan los recortes a los docentes itinerantes en Asturias

S.D.M. REDACCIÓN

ASTURIAS

Concentración de protesta por el impago a los docentes itinerantes en Asturias, que ha terminado en los tribunales.Concentración de protesta por el impago a los docentes itinerantes en Asturias, que ha terminado en los tribunales
Concentración de protesta por el impago a los docentes itinerantes en Asturias, que ha terminado en los tribunales

Dos sentencias obligan a la Consejería de Educación a pagar el dinero que no les abonó el curso pasado

10 nov 2016 . Actualizado a las 19:14 h.

La polémica por los recortes en los complementos que perciben los docentes itinerantes en Asturias comienza a resolverse en los tribunales. El colectivo y los sindicatos fueron incapaces de ponerse de acuerdo con la Consejería de Educación a lo largo del curso pasado. La Administración modificó de forma unilateral el acuerdo de itinerancia, que es el que marca los pluses que cobran los maestros y profesores que imparten clase en más de un centro, y recortó, por ejemplo, la forma de pago del kilometraje. Los jueces consideran que el Gobierno del Principado no tenía motivos para hacerlo. Dos sentencias del juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de Oviedo, de 7 de noviembre, reconoce el derecho de dos itinerantes -representados por los servicios jurídicos de SUATEA- a cobrar todo lo que se les detrajo el curso pasado. El fallo utiliza argumentos contundentes y señala que «deben rechazarse las interpretaciones forzadas tantos desde el punto de vista presupuestaria como indemnizatorio y parece apropiado y prudente y eficaz tener en cuenta una regla tan sencilla como la del acuerdo para racionalizar la actuación de los propios profesores».  

SUATEA aprovecha esta sentencia para exigir a Educación que cumpla la legislación vigente en materia de itineracia y que abone de inmediato a todos los docentes afectados el dinero que les detrajo el curso pasado con argumentaciones que, según reconocen ahora los tribunales, «son contrarias a derecho». Esto también supone que este curso se debería recuperar el sistema que estaba en vigor antes de la modificación unilateral. Al mismo tiempo, el sindicato cree que ha llegado el momento de negociar la mejora de las condiciones económicas del coelctivo.

La sentencia

El magistrado juez que suscribe la sentencia explica que en el Acuerdo sobre las condiciones de trabajo del profesorado itinerante de 2001 se declaran con claridad los criterios para calcular las indemnizaciones, en función de los kilómetros recorridos, teniendo como punto de salida y llegada de la jornada laboral el centro en el que el docente es nombrado. Así que señala que ese es el único criterio aplicable a la hora de cuantificar los complementos. SUATEA añade que esto anula «los subterfugios argumentados por la administración para acortar los recorridos y así ahorrar dinero».

El fallo va aún más allá. Sostiene que la aplicación del principio de seguridad jurídica y la confianza legítima de los funcionarios sometidos al régimen de itinerancia educativa «impide un cambio en la interpretación de un acuerdo que hasta el curso anterior se aplicaba pacíficamente».

SUATEA advierte de que todos estos argumentos invalidan la orden dictada el 3 de octubre de 2016 por la consejería, en la que se dictan unas instrucciones para pagar los complementos idénticas a las de hace un año, es decir, que insiste en el recorte de derechos de forma unilateral.