Los concejos del occidente sólo podrán recibir patata envasada para consumo

L.O. REDACCIÓN

ASTURIAS

Patata afectada por la polilla guatemalteca
Patata afectada por la polilla guatemalteca

El gobierno publica el decreto para frenar la plaga de la polilla guatemalteca que prevé multas de hasta 3.000 euros en infracciones leves

16 mar 2017 . Actualizado a las 14:26 h.

Los concejos del occidente de Asturias afectados por la plaga de la polilla guatemaleteca sólo podrán recibir patatas «exclusivamente para el consumo directo e irán preparadas y envasadas para el consumidor final». El Ministerio de Agricultura publicó este sábado en el BOE el decreto que prohíbe la plantación del tubérculo en las zonas afectadas --en el caso de Asturias en 7 concejos, los de San Tirso de Abres, Vegadeo, Castropol, Taramundi, Navia, Valdés y Cudillero-- durante un periodo de dos años. En el caso de Galicia, ya que la plaga llegó al continente desde la comunidad vecina, la extensión de la plaga afecta hasta 31 municipios de las provincias de A Coruña y Lugo; que también se verán afectadas por la prohibición total.

La polilla guatemalteca se extiende con rapidez pero sólo afecta a la patata, no infacta a otro tipo de cultivos, por lo que la prohibición de su cultivo es la medida más eficaz para erradicarla. En el caso de Asturias, singularmente en occidente, no hay grandes plantaciones y los cultivos son para autoconsumo. Sin embargo, y para evitar que la plaga se extienda al resto de la península, el Ministerio optó por restringir cuanto antes el cultivo en las áreas afectadas. En este sentido, y dado que en Asturias mucha patata es para autoconsumo, el decreto advierte de que los productores deberán informar de sus plantaciones por pequeñas que sean a las autoridades y para almacenarlas se estipulan una serie de estrictos requisitos en particular respecto a la protección de los almacenes con mallas muy tupidas. También se regula la circulación de estas patatas incluso en el ámbito de los mercados locales.

Las comunidades afectadas, esto es Galicia y Asturias, deberán ahora delimitar las zonas infestadas y las zonas limítrofes tampón, que tendrán unas normas específicas para la circulación de vegetales. Además se obliga a retirar el plantado y se establecen sanciones a quien no respete el veto. Y también se establecen las sanciones para quien no cumpla con la nueva normativa.

Según el decreto recogido en el BOE estas sanciones toman como referencia la Ley 43/2002, que establece para infracciones leves multas de entre 300 y 3.000 euros. Estas serían para los casos en los que no se respetaran los requisitos fijados para producción o comercialización de la patata o el no cumplir con la obligación de informar a la administración sobre los cultivos. Pero la norma también recoge los casos de infracciones graves o muy graves, aquellas en las que se aportara documentación falsa, se impidiera el acceso a los inspectores, la comercialización de tubérculos afectados o en los casos más sangrantes la circulación de vegetales ya inmovilizados. Así, la ley señala que en estos casos las multas pueden ascender a entre 3.001 a 120.000 euros en los casos graves y entre 120.001 a 3.000.000 de euros en los muy graves.  

El Gobierno central no ocultó el calibre del problema al referirse a la plaga como «una de las de mayor importancia económica en el cultivo de la patata». De ahí un programa que contempla inspecciones y controles sistemáticos encaminados a descubrir la presencia de la polilla guatemalteca, tanto en almacenes como en plantaciones, y controles en los lugares de venta en las zonas de riesgo, que serán definidas en el marco del Comité Fitosanitario Nacional. El programa tendrá una vigencia inicial de cinco años, prorrogables. Pero la prohibición de cultivar patata será previsiblemente de menos tiempo; en el borrador del real decreto se hablaba de un mínimo de dos años. Una zona infestada se considerará erradicada cuando, bajo inspección oficial, no se detecte presencia de la plaga en un mínimo de dos años consecutivos.