¿Has trabajado a jornada parcial? Tu vida laboral ha aumentado y podrás jubilarte antes
Asturias
Desde el pasado día 1 de octubre, las jornadas parciales se equiparan oficialmente a las de tiempo completo para calcular la pensión y lo hacen con carácter retroactivo. En Asturias, se estima que hay más de 50.000 beneficiados. Puedes consultar si tú eres uno de ellos en la página «Tu Seguridad Social»
11 Oct 2023. Actualizado a las 05:00 h.
Ya es oficial. Desde el pasado 1 de octubre, el trabajo a tiempo parcial está ya equiparado al de tiempo completo a efectos del cómputo de las pensiones. Es decir, a un trabajador que esté cotizando por cuatro horas se le reconocerá como cotizado un día completo, lo mismo que si tuviese una jornada de ocho horas. De esta forma, independientemente del tipo de jornada que tenga un trabajador, el período de actividad se computará a partir de ahora como días completos. Se elimina así el coeficiente global de parcialidad y, a partir de ahora, se dejarán de aplicar las reglas de proporcionalidad, abriendo así la puerta a que se exijan los mismos períodos de cotización para las prestaciones. Y no solo contará de cara a la jubilación, sino a cualquier modalidad de pensión.
El cambio viene dado después del tirón de orejas que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea le dio a España hace unos años, una reprimenda que ratificó el Constitucional en una sentencia de agosto del 2019. En ella, se declaraba el método de cómputo de los períodos de cotización a tiempo parcial como «inconstitucional, nulo y discriminatorio». Alegaba el alto tribunal que los trabajadores a tiempo parcial estaban sufriendo una doble penalización, ya que estos ya tenían una pensión menor por ganar menos como para que, además, se les obligara a cotizar por más tiempo. Además, advertía, se trataba de una forma de discriminación indirecta por razón de sexo, puesto que las mujeres son las más perjudicadas.
El cambio ya entró en vigor a inicios de este mes, pero son muchos los ciudadanos que se han topado con que sus vidas laborales todavía no reflejan el cambio. Estas son las claves de la nueva normativa.
¿Cómo se puede comprobar?
En la sede electrónica de la Seguridad Social, donde se puede consultar el informe de la vida laboral, todavía no aparece reflejada la actualización de los años cotizados. Es decir, aquellos que hayan tenido en algún momento de su carrera un contrato temporal, verán que este aparece contabilizado como tal. Sin embargo, para saber de verdad si se ha efectuado el cambio, los usuarios deben acudir a la página «Tu Seguridad Social» (https://sede-tu.seg-social.gob.es/). Este servicio permite hacer un simulacro de la pensión de jubilación que le quedará a cada ciudadano al llegar a la edad de retiro y, por tanto, ya recoge los últimos cambios de la normativa.
También aquellos que se encuentran a las puertas de disfrutar del ansiado retiro y estos días se están acercando a alguna oficina de la Seguridad Social para arreglar sus papeles están observando cómo en el sistema de estos funcionarios también salen ya aplicados los nuevos cambios, teniéndolos en cuenta de cara al cálculo de su inminente pensión.
Habrá que esperar para ver cuándo se actualizan los datos y se equiparan las cifras que aparecen reflejadas en estas aplicaciones con las del informe de vida laboral. Y es que, tal y como se puede comprobar en la foto que acompaña a esta información, el cómputo que figura en este documento es sustancialmente menor al que aparece en el otro servicio.
¿A quién beneficia?
El objetivo es, básicamente, beneficiar a los trabajadores con carreras más volátiles y, sobre todo, a las mujeres, que son las que mayoritariamente suscriben contratos a tiempo parcial.
Según los números de la Seguridad Social, actualmente 2,97 millones de españoles tienen un contrato a tiempo parcial, de los que unos dos millones están ocupados por una mujer. O lo que es lo mismo, más del 67 % de los trabajos que cuentan con jornadas reducidas están ocupados por una mujer.
En Asturias, el escenario se repite. Más de 53.000 personas desempeñan un trabajo a tiempo parcial (40.000 con contrato indefinido y casi 13.000 con contrato temporal) y son las mujeres las grandes protagonistas: copan el 70 % de estos contratos.
Sin embargo, la medida beneficiará a mucha más gente. Porque estas cifras solo corresponden a los trabajadores que actualmente disponen de un empleo con jornada reducida. Y la realidad es que la medida tendrá carácter retroactivo y actualizará las cotizaciones de todos aquellos ciudadanos que en algún momento de su vida hayan tenido un contrato a media jornada. Preguntados sobre cuánta gente puede resultar beneficiada por la medida, en el Ministerio de Seguridad Social aseguran no disponer de la cifra.
¿Y los que están ya jubilados?
La medida tendrá carácter retroactivo pero, eso sí, no computará para aquellos que ya se encuentren jubilados. Es decir, quienes cotizaron períodos parciales y ya están disfrutando de la pensión en la actualidad no tendrán derecho a revisión o compensación de ningún tipo y seguirán percibiendo lo mismo que hasta la fecha: «La modificación no opera con retroactividad para hechos causantes (cuando se genera el derecho) anteriores al 1 de octubre del 2023», apunta la Seguridad Social.
También hay que tener en cuenta que la equiparación influye en el tiempo que hay que trabajar para generar derecho a percibir una pensión pero no a la cuantía que se vaya a cobrar. Esta última se determinará como siempre, aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados.
¿Solo afecta a las pensiones de jubilación?
No. La medida también se extiende al resto de pensiones. Así, la modificación tendrá efectos en las de incapacidad permanente, muerte y supervivencia; así como a la incapacidad temporal y la de nacimiento y cuidado de un menor.