España niega el asilo a una catedrática que huyó de Venezuela por «miedo»

Alberto Mahía A CORUÑA / LA VOZ

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El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, en una ceremonia el pasado miércoles en Caracas.
El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, en una ceremonia el pasado miércoles en Caracas. Miraflores Palace | REUTERS

El Supremo alega que la mujer, con raíces coruñesas, no sufrió persecución

23 mar 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Una mujer, catedrática de la Universidad de Caracas, llegó a España huyendo de «la persecución» del Gobierno de Maduro. Pidió protección internacional tanto para ella como para su hija. El Tribunal Supremo se la acaba de denegar. Entiende que lo que puede considerarse como corrupción política, «rechazable, por supuesto», nada tiene que ver con una persecución personal.

La solicitante explicó en la demanda que había abandonado Venezuela «por ser contraria a la ideología del Gobierno, que me obligaba a seguir unas directrices de adoctrinamiento que me negué a aplicar, comenzando con amenazas y coacciones». Alegó, además, «la situación de crisis en la que se encuentra el país, con escasez de alimentos y medicamentos, elevada inseguridad, insalubridad y falta de oportunidades laborales y estudiantiles». Todo esto la llevó a salir con su familia de Venezuela.

En el momento de abandonar el país se encontraba realizando labores docentes en la universidad con un contrato limitado. Cuando lo finalizó se le impusieron una serie de obligaciones, «como la inscripción en el partido del régimen chavista, la participación en actividades de adoctrinamiento político y de propaganda política». Se le impusieron estas directrices de manera verbal en tres ocasiones y, al no ser cumplidas en su totalidad, fue amonestada formalmente de manera escrita, poniendo su nombre en la lista Tascón.

Ante «la imposibilidad de acceder a las necesidades personales y familiares, por las coacciones verbales por personal militar de la institución y el bloqueo de las solicitudes realizadas», el grupo familiar se vio obligado a emigrar a España, donde ya vivía su madre y su padrastro. Concretamente, en A Coruña.

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Argumentó que su permanencia en la institución militar «hubiese significado la obligación de la afiliación política a un régimen que estaba coartando su libertad y la de mi familia, ya que mis labores docentes y libertad estaban fuertemente condicionadas».

En respuesta a la demanda, el Tribunal Supremo contestó: «Con respecto a las supuestas amenazas y obligaciones con el régimen por ser profesora de la universidad, se puede apreciar que su situación no difiere de lo vivido por muchos funcionarios públicos que no comulgan con el régimen, quienes son habitualmente víctimas de acoso y hostigamiento laboral a fin de que realicen las acciones, muchas veces de dudosa legalidad, más favorables al régimen. Sin embargo, ello que bien podría tacharse de corrupción institucional, no supone en sí mismo un acto de persecución. Si bien se trata de una situación reprochable, no cabe considerarlos ni por su naturaleza, ni por su frecuencia, ni por su gravedad propios de una problemática de la entidad de una persecución de carácter personal».

Añadió la Justicia que «de las alegaciones efectuadas por la interesada sobre las represalias contra su persona no se ha concretado un despido del puesto de trabajo o la pérdida de beneficios laborales, por lo que en todo caso podría tacharse de discriminación, pero no de persecución».

En cuanto a la alegación sobre la situación general de precariedad de Venezuela, «se traduce en escasez de alimentos y medicamentos y falta de oportunidades laborales y estudiantiles. Es, en todo caso, algo que se ha de vincular a razones sociales y económicas, ajenas a los motivos de persecución previstos en la Convención de Ginebra y en la Ley de Asilo».

Y sobre la situación de inseguridad en su país, «el espíritu y finalidad de la institución del asilo no reside en otorgar protección ante fenómenos de inseguridad ciudadana en los distintos países, sino, tan solo, otorgarla en casos de persecución por los motivos contemplados en la Convención».

El número de peticiones en Galicia en el 2023 fue de 8.438 y el 90 % fueron rechazadas

Según el Ministerio del Interior, el número de solicitudes de asilo internacional en Galicia se incrementó en el último año en más de un 64 %. En el 2023, se presentaron 8.438 peticiones, lo que supone 3.314 más que en el 2022, cuando se contabilizaron 5.124. Y es que con ello, Galicia se posiciona como la quinta comunidad del Estado que más peticiones de asilo recibió durante el año pasado, superando a territorios como la Comunidad Valenciana, que dobla a Galicia en población.

Este incremento de solicitudes en la comunidad gallega en el 2023 (64,68 %) supone más del doble con respecto al crecimiento de peticiones en el resto de España, que asciende al 37,34 %. Venezuela, Colombia y Perú representan casi el 79 % del total de solicitudes a nivel nacional. Además, las peticiones de asilo realizadas por ucranianos experimentaron un descenso en el 2023, dos años después del inicio de la guerra. La provincia que más peticiones recibió fue A Coruña, con 3.836. La siguen Pontevedra, con 1.952; Ourense, con 1.446; y Lugo, con 1.204.

Aunque la gran mayoría de solicitudes realizadas son por motivos políticos, desde el Foro Galego de Inmigración apuntan que la realidad es muy distinta. «Con el actual régimen jurídico que hay es muy complicado que un extranjero pueda entrar y regularizar su situación de forma normal en España», apunta el presidente de la asociación, Miguel Fernández. Según sus estimaciones, alrededor del 90 % de las peticiones de asilo son desfavorables.