Un juez determina que una niña tendrá que hacer la comunión

victoria robles, l. f. REDACCIÓN / LA VOZ

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MONICA IRAGO

El padre demandó a la madre, que no lo permitía, y la sentencia considera que la celebración «no genera daño» a la menor

16 sep 2016 . Actualizado a las 07:42 h.

La Audiencia de Palma le ha dado la razón al padre de una niña de ocho años para que su hija celebre la comunión. El hombre demandó a su exmujer ya que esta se oponía al considerar que la menor no quería hacerla. Ambos progenitores se consideran religiosos, contrajeron matrimonio por la Iglesia católica y bautizaron a su hija en esa misma doctrina.

La Audiencia de Palma anuló la decisión anterior de un juez de primera instancia que decidió que no se podía obligar a la menor a hacer la comunión si no era lo que ella quería. La niña había confesado a la psicóloga que la trataba que le daba igual hacer o no la comunión y que prefería no decidir nada sobre el tema.

Los tribunales le han dado la razón al padre al valorar que la comunión es una ceremonia que solo se celebra una vez en la vida y que es el «segundo acto más importante de los católicos» tras el bautismo. Además, señaló que la menor haga la primera comunión es un acto «consecuente a la trayectoria católica de los padres» y que no genera «daño ni prejuicio alguno a la niña, ni a la madre».

En otra ocasión, la menor también había comentado que no quería acudir a clases de religión, por lo que su madre tomó la decisión, sin consultar con el padre, de inscribirla en una asignatura alternativa. Sin embargo, la progenitora confesó que solía acudir a la iglesia y que tenía costumbre de rezar con su hija.