Las empresas adelantarán dinero al fisco para cuadrar el déficit al menos hasta el 2018

gabriel Lemos REDACCIÓN / LA VOZ

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J. J. Guillén | EFE

Las 9.000 compañías afectadas por el anticipo del impuesto de sociedades tendrán que realizar el primer pago en veinte días

01 oct 2016 . Actualizado a las 09:16 h.

Dos meses y medio después de comprometerse con las autoridades comunitarias a endurecer el impuesto de sociedades para ajustarse a los nuevos objetivos de déficit pactados, el Gobierno aprobó ayer el decreto ley que restablece (e incrementa) el tipo mínimo en los pagos fraccionados del tributo por parte de las grandes empresas, que publicó horas después en una edición especial del BOE para que las modificaciones entren en vigor con efectos inmediatos. 

¿Es una subida del impuesto?

El ministro de Hacienda en funciones, Cristóbal Montoro, defendió ayer que no, ya que no se eleva el tipo general del tributo, sino solo los pagos a cuenta que hacen las grandes empresas, de forma que estas adelantarán más dinero al fisco durante el año, aunque luego lo podrán recuperar en el momento de presentar la liquidación del impuesto en julio. «Es un anticipo a cuenta, como hacemos las personas físicas en el IRPF», argumentó Montoro. Sin embargo, en la práctica la medida tiene los mismos efectos que una subida fiscal. Siguiendo el ejemplo del ministro, piense en su nómina. Si cada mes adelanta al fisco un 10 % de su sueldo y de repente pasan a retenerle un 20 %, aunque cuando haga la declaración del próximo año le devuelvan lo pagado de más (si es el caso), usted habría seguido tributando de más durante los primeros meses del 2017. Por lo tanto, nunca llegaría a recuperar el exceso de aportación hasta que se rebaje de nuevo el tipo mínimo del adelanto y presente la liquidación correspondiente. Pues eso es lo que les ocurrirá a las empresas afectadas. 

¿Por qué se toma ahora esta decisión y a cuántas empresas afecta?

La medida no es nueva. De hecho, el sistema de pagos fraccionados ya estuvo en vigor entre el 2012 y el 2015, precisamente para obtener unos ingresos adicionales con los que cuadrar (sin éxito) el déficit. Tras su supresión este año, la recaudación del impuesto de sociedades se ha desplomado (más de un 23 % hasta agosto en términos homogéneos), lo que ha obligado al Gobierno a volver al sistema anterior, pero endurecido. Si hasta el año pasado afectaba solo a las empresas con una facturación superior a los 20 millones de euros, ahora tendrán que pasar por caja todas las que ingresen al menos diez millones al año, unas 9.000 en toda España, según la estimación de Hacienda, el doble de las previstas. 

¿El esfuerzo fiscal será igual para todas?

El Gobierno ha establecido un tipo mínimo del 23 %, casi el doble del 12 % que se aplicaba para estos pagos fraccionados hasta el año pasado, que se calcula sobre el beneficio obtenido por la compañía en los tres, nueve y once primeros meses del ejercicio -los anticipos se liquidan en abril, octubre y diciembre-, que no se reduce ni con créditos fiscales ni con otra bonificaciones y que, por tanto, no se corresponde con la base imponible. Bancos y petroleras tendrán que hacer una contribución adicional, ya que se les exige un adelanto del 25 %. 

¿Cuánto prevé ingresar el fisco a mayores?

Montoro calcula que la medida permitirá recaudar unos 8.300 millones adicionales que situarían los ingresos por sociedades de nuevo en el entorno de los 20.000 millones al año. 

¿Cuándo entra en vigor?

De inmediato. Tras publicarse ayer en el BOE, las empresas tendrán que hacer el primer anticipo antes de veinte días, aunque el decreto ley tendrá que ser luego convalidado en el Congreso, trámite en el que no se prevén sobresaltos, dada la buena predisposición de los principales partidos. Sí hay profundo malestar en la CEOE, que considera «desproporcionado y excesivo» el aumento de los pagos a cuenta, que para UGT es solo un «parche». 

¿Y hasta cuándo?

No hay plazos definidos, pero la cosa va para largo. Montoro dejó claro ayer que el nuevo régimen de anticipos «no tiene fecha de caducidad», sino que estará en vigor «hasta que España reduzca su déficit público por debajo del 3 %, por lo que hay que mirar hacia el 2018». Aunque podría prorrogarse más allá si para entonces el Gobierno no se ha ajustado a la disciplina de Bruselas.