Ratifican de nuevo la prisión para los cinco acusados de la violación de sanfermines

EFE PAMPLONA

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VILLAR LÓPEZ

La Audiencia lo justifica por el riesgo de fuga, los indicios de criminalidad existentes y la gravedad de los delitos y sus penas

26 oct 2016 . Actualizado a las 07:36 h.

La Audiencia Provincial de Navarra ha ratificado la decisión del juez instructor de mantener en prisión provisional sin fianza a los cinco procesados por la violación de una joven en sanfermines al estimar el riesgo de fuga, los indicios de criminalidad existentes y la gravedad de los delitos y sus penas.

En su resolución, que es firme, la Sección Primera de la Audiencia desestima el recurso interpuesto por uno de los investigados, A.J.C.E., contra el auto dictado el 23 de septiembre por el que el magistrado rechazaba su puesta en libertad.

Ahora la Audiencia destaca, en relación con los indicios de criminalidad existentes, que el testimonio de la denunciante, con independencia de determinados matices y detalles, «ha sido coherente, contundente y reiterado en los aspectos esenciales».

Cita en concreto cómo fue introducida por la fuerza en el portal en el que, «contra su voluntad», fue objeto de las agresiones sexuales y le sustrajeron el móvil.

Y al respecto el tribunal añade que hay además datos que corroboran su declaración, como el propio estado en el que la denunciante se encontraba minutos después de los hechos al ser hallada por dos personas.

Una pareja que en su declaración precisó en el juzgado de instrucción que la joven se hallaba nerviosa y llorando sentada en un banco, un estado que para la Audiencia «sería acorde con la veracidad de su testimonio, y que, seguidamente, apreciarían los agentes policiales inicialmente actuantes».

Además, la Audiencia destaca que la denunciante no conocía anteriormente a los supuestos agresores, por lo que no se aprecia que pudiera tener algún interés en perjudicarles, ni consta ningún otro posible móvil espurio en su denuncia, lo que otorga solidez a su testimonio.

A ello suma que la existencia de la grabación de parte de los hechos, que ostenta gran importancia según el nuevo auto al permitir la observación de una situación acorde con la realidad de los actos de naturaleza sexual denunciados y que se pudiera corresponder con la narrada por la denunciante.

La grabación, precisa, «corrobora en parte, siquiera indiciariamente, la versión de la denunciante» al observarse a la denunciante con cinco varones que realizaban con ella actos de naturaleza sexual, «estando la misma con los ojos cerrados, en actitud aparentemente pasiva y omitiendo cualquier expresión ante la acción de los investigados».

Asimismo, la Audiencia destaca el contenido de los informes psicológicos, «que ponen de manifiesto una serie de datos que avalarían la posible veracidad del testimonio de la denunciante, en la que ha llegado a apreciarse un estrés postraumático».

Por todo ello, el tribunal comparte el criterio del juez instructor y acuerda mantener la prisión provisional sin fianza para los cinco procesados al entender que el tiempo transcurrido preventivamente en la cárcel no es excesivo y existir riesgo de fuga.

La sala tiene en cuenta asimismo lo avanzado de la tramitación del procedimiento, los indicios de criminalidad existentes y la gravedad de los delitos y sus penas.