Justicia presiona a Hacienda para mantener el turno de oficio libre de IVA
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La Agencia Tributaria tendrá que aplicar el nuevo criterio hasta que se revoque
02 feb 2017 . Actualizado a las 07:56 h.La decisión del Ministerio de Hacienda de eliminar la exención fiscal de la que disfrutaban los abogados y procuradores que prestan sus servicios en el turno de oficio y obligarlos a tributar por el IVA no solo ha caído como una bomba en la abogacía española, que no entiende por qué el fisco cambia ahora un criterio que aplicaba desde hace más de 30 años, sino que también amenaza con tensar la relación entre el departamento que dirige Cristóbal Montoro y el Ministerio de Justicia. El titular de este último, Rafael Catalá, se alineó ayer con los colegios de abogados y anunció que intentará mediar con su compañero de mesa del Consejo de Ministros para que el fisco dé marcha atrás en su decisión y no penalice a los letrados del turno de oficio (44.000 en España, 2.500 en Galicia).
Para Catalá, no se trata solo de que la asistencia judicial gratuita sea un elemento central para garantizar el derecho fundamental del acceso a la Justicia, «en particular de las personas de menos recursos económicos», sino que entiende que por sus características «se puede asociar perfectamente con un servicio público, con una actividad de interés general que está sometida a unos baremos que fijan las Administraciones públicas», características que explican que la actividad del turno de oficio estuviese hasta ahora exenta de IVA.
El fisco justifica su cambio de criterio en una sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que, a preguntas del Constitucional belga sobre la fiscalidad del turno de oficio en aquel país, declaró que no procedía la exención del IVA. El fallo, reconoce Catalá, abrió un debate en la Dirección General de Tributos sobre si procedía trasladar esa sentencia a España, donde el modelo del turno de oficio es diferente, también en el sistema retributivo, al belga. «Nosotros creemos que no. Hay elementos jurídicos e históricos suficientes como para considerar que esa compensación que tienen los abogados por el ejercicio del turno de oficio no puede estar sujeta al IVA».
Unos argumentos que quieren trasladar al fisco para poder justificar un nuevo cambio de criterio que calme a los abogados, a los que Catalá prometió ayer que van a tratar de que «las cosas sigan como hasta ahora».
Pero la decisión última, como reconoció el ministro, la tienen en Hacienda, donde no quisieron pronunciarse sobre las palabras del ministro de Justicia ni sobre la posibilidad de que una negociación política acabe modificando una decisión técnica que, justifican, se limita a aplicar una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE.
Y recuerdan que, mientras no se revoque ni haya una sentencia que la anule, sigue en vigor la resolución de la Dirección General de Tributos, que es vinculante para la Agencia Tributaria, por lo que esta podría exigir en cualquier momento el IVA por los servicios del turno de oficio, aunque los profesionales no creen que el fisco vaya a emitir liquidaciones de forma generalizada hasta que se aclare la situación.