La Audiencia Nacional ratifica la prisión para la cúpula de Caixanova por la «alarma social»

Rubén Santamarta Vicente
rubén santamarta REDACCIÓN / LA VOZ

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«La condición de jubilado no excluye que cometa otros delitos», dice el juez ante la petición de Julio Fernández Gayoso

08 feb 2017 . Actualizado a las 08:14 h.

 La Justicia les va dejando menos puertas abiertas a los antiguos altos cargos de Caixanova -luego de NCG, tras la fusión con Caixa Galicia- para lograr salir de prisión. Hace apenas un mes el Tribunal Supremo, el que dictó el fallo final con las penas de dos años de cárcel, tumbaba el incidente de nulidad contra esa sentencia, y este pasado lunes la Audiencia Nacional -la que los juzgó y condenó- decidió ratificar el encarcelamiento al rechazar los recursos de súplica presentados por el abogado Ricardo Pradas (uno de los cinco procesados) y Julio Fernández Gayoso, expresidente de Caixanova y de la caja fusionada. Era lo previsto en ámbitos jurídicos; la sorpresa sería que el mismo órgano que los envió a la cárcel se enmendara unos días después.

Se desconoce si los otros tres enjaulados -José Luis Pego, Óscar Rodríguez Estrada y Gregorio Gorriarán- han presentado también recursos de súplica similares, pero visto lo sucedido con los otros dos, condenados como cooperadores necesarios, la respuesta se antoja idéntica.

Pese a ser esperado, lo cierto es que el auto del juez Alfonso Guevara (el mismo que presidió la sala en la que fueron juzgados los directivos) es rotundo al explicar su negativa a excarcelar a los directivos, que se encuentran entre A Lama y Soto del Real desde el pasado 16 de enero. El magistrado apela a la gravedad de los hechos por los que fueron condenados y a la «alarma social» que provocaron sus actos. En síntesis, un cambio en sus contratos de alta dirección para mejorar sus indemnizaciones (27 millones de euros entre finiquitos y planes de pensiones) y prepararse una salida millonaria en el previsible caso de que fueran despedidos en algún momento. La entidad que ellos pilotaron precisó un rescate de 9.000 millones de euros.

El juez es muy directo en el caso de Julio Fernández Gayoso, cuya defensa -se infiere del auto conocido ayer- apelaba a la edad del banquero, que en diciembre cumplió 85 años, para pedir su excarcelación. «La condición de jubilado no excluye la posibilidad de cometer otras acciones ilícitas», se lee en el auto. El juez recuerda además que la pena impuesta es «proporcional al delito, evitando la impunidad».

Para el abogado Ricardo Pradas, la respuesta es similar. Sostiene que la suya es una conducta grave que merece «una condena proporcional». Y aunque este pagó la multa que se le impuso (75.000 euros), el magistrado cree que «no ha demostrado una efectiva voluntad de reparación». Le recuerda que él fue cooperador en la redacción de aquellos contratos de alta dirección de los que derivaron las indemnizaciones.

Revisión en dos meses

Así las cosas, a los cinco procesados solo les quedan dos vías para lograr su pronta puesta en libertad: el Tribunal Constitucional e Instituciones Penitenciarias. En el primero de los casos es por la vía del amparo; pero es muy complicada porque, según admiten fuentes judiciales, de entrada el Constitucional inadmite la mayoría de los recursos. La otra posibilidad es más plausible: Instituciones Penitenciarias revisará el caso dentro de dos meses y, atendiendo a una serie de circunstancias, podría decretar el tercer grado para los que son los primeros banqueros encarcelados de la crisis.

La Justicia reabre un asunto de pagos millonarios a banqueros en Segovia basándose en el caso gallego

La Audiencia Provincial de Segovia ha decidido reabrir un caso de las indemnizaciones millonarias en el sector bancario de esa provincia siguiendo la doctrina que el Tribunal Supremo dictaminó para, en síntesis, llevar a prisión a la antigua cúpula de la caja gallega. Un juzgado había decidido archivar previamente este asunto, pero el vuelco dado con el caso gallego ha llevado a una reapertura de la investigación.

En una resolución dictada este mismo mes, la Audiencia de esa provincia recuerda que Caja Segovia (hoy integrada en Bankia) presentó en el año 2010 unos beneficios de 16 millones, pero que se repartieron unas indemnizaciones de más de 17 millones. Y recuerda unas indicaciones de la Comisión Europea sobre las políticas de remuneración, «que, si bien pueden no ser de obligado cumplimiento, sí deben ser extrapolables como canon hermenéutico y, por tanto, a la hora de determinar el posible abuso habrían de ser tomadas en consideración [...], algo que tiene su apoyo en la sentencia del Supremo que condenó a los directivos de Caixanova y Caixa Galicia».

¿Quiénes son?

Julio Fernández Gayoso

Dos años de prisión como cooperador necesario. En A Lama.

José Luis Pego

Dos años de prisión por apropiación indebida. En A Lama.

Gregorio Gorriarán

Dos años de prisión por apropiación indebida. En Soto del Real.

Óscar Rodríguez Estrada

Dos años de prisión por apropiación indebida. En A Lama.

Ricardo Pradas

Dos años de prisión como cooperador necesario. En Soto del Real.