El TSJA obliga al Principado a limitar las emisiones de Soto Ribera

Europa Press REDACCIÓN

ACTUALIDAD

La central térmica de Soto de Ribera.La central térmica de Soto de Ribera
La central térmica de Soto de Ribera

El tribunal exige a la Administración que modifique la actual autorización ambiental de la central e incluya los valores de la nueva directiva europea

27 jul 2017 . Actualizado a las 13:45 h.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha obligado al Gobierno de Asturias a modificar la actualización de la autorización ambiental integrada (AAI) de Soto de Ribera para incluir los valores límite de emisión más restrictivos que recoge la actual directiva de emisiones industriales (DEI). La directora del Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA), Ana Barreira, ha explicado que "la decisión del TSJA es un aviso para otras comunidades autónomas que también han actualizado los permisos de sus centrales de carbón incumpliendo con lo establecido por la directiva".

Sostiene que la exención del Plan Nacional Transitorio aprobado por el Gobierno en noviembre de 2016 no puede servir de excusa. "Estas instalaciones deberían cumplir al menos con los valores límites de emisión establecidos en la directiva de grandes instalaciones de combustión (2001), anterior a la DEI, algo que la mayoría de las centrales de carbón tampoco está cumpliendo". Señala que IIDMA también aportó pruebas sobre los elevados índices de mercurio en los suelos situados en las inmediaciones de la central de Soto de Ribera. "Las emisiones de partículas de mercurio generan enfermedades respiratorias, cardiovasculares y neurológicas", apunta. En base a estas evidencias, el Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente solicitaba al TSJA que, cumpliendo también con la directiva, obligara al Gobierno de Asturias a incluir valores límites de emisión para este contaminante en la actualización del permiso de Soto de Ribera, algo que el tribunal ha desestimado. Por ello, recurrirá ante el Tribunal Supremo en casación.

Además, la central térmica de Soto de Ribera está ubicada en una zona de especial conservación incluida en la Red Natura 2000 y vierte sus aguas residuales al río Nalón. El instituto también solicitó al TSJA que el permiso de funcionamiento de Soto de Ribera incluyera medidas para evitar el deterioro de los hábitats y alteraciones que repercuten en especies como el salmón, en cumplimiento de la Directiva Hábitats y la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. También tendrá recurrirá este extremo ante el Tribunal Supremo, al ser desestimado por el TSJ asturiano.

«Nuestra salud y el cumplimiento de las leyes debe estar por encima de los intereses de las empresas propietarias de las centrales de carbón en España. Las Administraciones Públicas deben ser más diligentes en el cumplimiento de las leyes y en ningún caso pueden autorizar a las centrales de carbón españolas a operar incumpliendo la normativa europea», concluye Carlota Ruiz-Bautista, abogada ambiental de instituto.