La Audiencia Nacional autoriza la salida de prisión de Julio Fernández Gayoso

La Voz REDACCIÓN

ACTUALIDAD

benito ordoñez

El expresidente de Novacaixagalicia podrá abandonar la cárcel de A Lama en las próximas horas

31 jul 2017 . Actualizado a las 17:39 h.

 Julio Fernández Gayoso podrá abandonar la cárcel de A Lama en las próximas horas. La Audiencia Nacional ha acordado la puesta en libertad del expresidente de Caixavigo, Caixanova y NCG -la entidad resultante de las cajas gallegas fusionadas, que deberá «colaborar de forma altruista y sin contraprestación económica con la Fundación Asociación Érguete Integración para que ayude a personas en situación de exclusión social». 

El exdirectivo de la caja gallega permanece de momento en la cárcel pontevedresa, ya que el proceso de su excarcelación puede demorarse unas horas o incluso días. Para su concesión, el juez José Luis Castro ha tenido en cuenta su edad, 85 años, y a su delicado estado de salud. Además, el magistrado ha valorado el hecho de que los 10,4 millones de euros de responsabilidad civil, a la que fue condenado de forma solidaria junto a otros exdirectivos de Novacaixagalicia, esté ya abonada. En este sentido, afirma en su auto, que «Fernández Gayoso no ha puesto obstáculo alguno en cubrir dicha responsabilidad, más bien lo contrario, su conducta en todo momento y especialmente durante la ejecutoria ha estado dirigido a facilitar que se hiciera efectivo el pago».

Seis meses en prisión

La Audiencia Nacional decretó el ingreso en la prisión de A Lama de Julio Fernández Gayoso el pasado 16 de enero. En todo este tiempo, ha permanecido interno en ese centro penitenciario junto a José Luis Pego y Óscar Rodríguez Estrada, los otros dos altos cargos que cumplen la misma condena que él -dos años- por el escándalo de las prejubilaciones millonarias.

Pego y Rodríguez Estrada son compañeros de celda, mientras que Fernández Gayoso comparte habitación con otro interno, ajeno al proceso de las cajas, en un módulo de baja peligrosidad. La Audiencia Nacional ordenó el cumplimiento de la condena porque los exdirectivos procesados solo habían devuelto menos de la mitad del dinero reclamado en la sentencia. El auto se fundamentó en la gravedad de los delitos que supuso el cobro de prejubilaciones millonarias en plena crisis económica.