Los sindicatos exigen al Santander que rebaje el ERE adelantando la edad de prejubilación

Rubén Santamarta Vicente
r. santamarta REDACCIÓN / LA VOZ

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MARCOS MÍGUEZ

Proponen también más recolocaciones en empresas del grupo, mientras el banco confirma cinco centros afectados en Galicia

14 nov 2017 . Actualizado a las 07:27 h.

Los sindicatos del Banco Popular (el Pastor en Galicia) y del Santander han comenzado a perfilar sus estrategias ante los dos ERE (uno por empresa) que el grupo de Ana Botín ha presentado para adelgazar sus servicios centrales, con notables duplicidades tras la absorción. La dirección ha puesto sobre la mesa la salida de casi 1.600 empleados (1.585, en concreto) y el recolocación de otros 575 en empresas del grupo. Son cifras «muy elevadas», insisten desde UGT y CC. OO., que quieren que el grupo financiero adelante la edad de prejubilación planteada, desde los 58 a los «56 o 55 años», según fuentes sindicales. También piden más incorporaciones de personal a empresas del grupo, para reducir la cifra final, algo que el banco se ha comprometido a estudiar. Una de las medidas propuestas por Comisiones es «la posibilidad de capilaridad entre los servicios centrales y la red comercial, permitiendo el trasvase de personas excedentes hacia la red de sucursales».

Ese ajuste tendrá dos puntos clave: Madrid, con los edificios centrales del Popular en la capital y una decena de instalaciones más, y Galicia, con cinco centros afectados, tres del Popular-Pastor y dos del Santander. En ellos trabajan unos 300 empleados que están ahora pendientes de lo que suceda en las próximas semanas. «Estamos hablando de cifras altísimas, se tienen que reducir notablemente a partir de esta semana, cuando se inicien las negociaciones formales», apuntaba ayer Ángel Iglesias, secretario de servicios financieros de UGT en Galicia.

La dirección del Santander no ha concretado cómo se ejecutará el recorte por centros de trabajo. Y no lo hará al menos hasta que el jueves se constituyan formalmente las mesas de negociación. Calcular el impacto exacto ahora en Galicia, dicen los sindicatos, es muy precipitado. Lo que sí está claro es que el margen para prejubilaciones en Galicia, si la franja es a partir de 58 años, no alcanzaría para que fueran medidas voluntarias. «Tal vez sirva en Madrid, pero en la sede central de A Coruña no», añaden en UGT.

Además de ese edificio, están afectados el de Orillamar, en la misma ciudad; una oficina de recuperaciones del Popular en Santiago, conocida como NITA; la sede regional del Santander, también en A Coruña, y la antigua sede de Banesto en la misma ciudad.

Un juzgado de Madrid rechaza la petición de concurso de acreedores para el Popular

Un juzgado de lo mercantil de Madrid no ha admitido a trámite la solicitud de concurso necesario contra el Banco Popular presentada por el despacho Corbalán de Celis & Guerri. Esta solicitud pretendía declarar la nulidad del procedimiento de resolución de Banco Popular acordado por la Junta Única de Resolución (JUR) y el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) en junio y, consecuentemente, su venta exprés al Santander.

La magistrada explica en el auto que la pretensión de declarar la nulidad de la intervención y de las resoluciones y decisiones posteriores dictadas por el FROB deberían haberse ejercitado con carácter previo a la presentación del concurso necesario y ante los órganos competentes para su conocimiento en el orden jurisdiccional contencioso administrativo o ante la jurisdicción de la Unión Europea.

La jueza indica, además, que la ley considera que el procedimiento concursal «no es el adecuado» en situaciones de crisis de una entidad financiera, «por lo que se deben adoptar las medidas especiales que contempla la legislación por los órganos administrativos competentes». Por este motivo, agrega que, cuando se ha adoptado alguna de estas medidas especiales, «la legislación prohíbe que se admita a trámite cualquier solicitud de concurso necesario».

«España no es competente»

Por otra parte, el banco ha iniciado una nueva estrategia judicial consistente en considerar que los tribunales españoles no son competentes para abordar las pérdidas que sufrieron miles de pequeños accionistas. Así se desprende de una contestación dada por la representación judicial del Popular a la demanda de un pequeño inversor que reclamaba recuperar su dinero. «La competencia para enjuiciar tal pretensión está atribuida normativamente en primera instancia al Tribunal General de la UE. No corresponde, por tanto, a los tribunales españoles, que carecen de jurisdicción al respecto», se lee en el escrito remitido a un juzgado de primera instancia de Barcelona. El banco recuerda que la decisión de resolver la entidad llegó de la JUR, una instancia comunitaria, y es ahí donde procede hacerlo. Los abogados del denunciante han recurrido.