Las claves para que el IRPF duela menos

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

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JOSÉ PARDO

Antes de acabar el año se pueden tomar medidas que reducen la factura fiscal hasta en 3.200 euros

28 nov 2017 . Actualizado a las 12:29 h.

En la recta final del año se multiplican las llamadas de atención sobre lo atractivo -fiscalmente hablando- que es ahorrar para la jubilación, amén de lo recomendable que resulta para el futuro en un previsible escenario de pensiones públicas menguantes. Lo cierto es que, aún siendo los planes de pensiones un instrumento que permite rebajar la factura del IRPF al rebajar la base imponible del contribuyente, no es la única fórmula para cumplir religiosamente con Hacienda pero sin desaprovechar las posibilidades legales que existen para no hacerlo en exceso. Los expertos estiman que un contribuyente tipo puede aprovechar las ventajas fiscales y ahorrarse en la próxima declaración de la renta cerca de 3.200 euros. Solo es preciso planificarlo con algo de antelación -hasta que den las campanadas aún hay tiempo- y «disponer de algo de dinero ahorrado», como recuerda el colectivo de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Las principales claves se detallan a continuación: 

1. Vivienda habitual 

Deducción estrella si se tiene la suerte de mantenerla viva. Los para su construcción antes de que concluyera el 2013 tienen vigente la deducción por compra, que se traduce en una desgravación del 15 % de lo invertido hasta un máximo de 9.040 euros anuales por contribuyente. Desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf), órgano especializado del Consejo General de Economistas de España, destacan que para las parejas casadas en régimen de gananciales, y siendo la vivienda habitual de ambos cónyuges, «puede ser interesante declarar individualmente» para disfrutar de una base de deducción de hasta 18.080 euros y deducir cada uno 1.356.

También podrán desgravarse quienes vivan de alquiler desde antes del 2015 y se hubieran deducido por ello, ya que mantendrán el régimen transitorio. «Les convendrá no cambiar de casa y utilizar las prórrogas del contrato», insisten los expertos.

2. Plusvalías

Neutralizarlas tras la venta de la vivienda habitual. Si su caso no es que ha comprado sino que ha vendido su vivienda habitual y ello le ha generado plusvalías, sepa que es posible compensarlas para no tributar por ellas en la próxima declaración entre el 19 % y el 23 %. ¿Cómo? «Pues reinvirtiendo total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar ese pago», explica Gestha. Desde el Reaf puntualizan que la reinversión debe hacerse en un plazo máximo de dos años desde la fecha de transmisión, además de recordar que si no lo realiza este mismo 2017, «deberá comunicar su intención en la renta de este año». 

3. Mayores de 65 años

Alivio fiscal aunque venda su casa. Los mayores de 65 años que quieran disponer de liquidez vendiendo su vivienda habitual están exentos de tributar por la ganancia patrimonial obtenida. En el caso de que el objeto de la venta sea una segunda vivienda o cualquier otro bien o derecho, los asesores fiscales subrayan que no se tributará hasta un máximo de 240.000 euros en el caso de que el contribuyente constituya en el plazo de seis meses una renta vitalicia con lo ganado.

4. Trabajadores 

Las ventajas de las retribuciones en especie. Los expertos siempre apelan a la planificación para lograr ajustar al máximo la factura fiscal. ¿Es posible aprovechar el final del año para modificar el contrato laboral del 2018? El Reaf apunta que reemplazar parte de la renta dineraria por retribuciones en especie que no tributan, como es el caso de la tarjeta restaurante, la tarjeta transporte, el vale guardería o un seguro médico para la familia, puede traducirse en un nada desdeñable ahorro en el IRPF.

Igualmente, en el caso de un trabajador al que su empresa haya desplazado temporalmente a otro país puede rentabilizar fiscalmente su condición: sus rentas estarán exentas de tributar con un límite máximo de 60.100 euros anuales. 

5. Compensar

Equilibrar ganancias con pérdidas. Invertir en bolsa puede dar muchas alegrías al bolsillo... pero también quebraderos de cabeza en forma de pérdidas. Por eso el final del año es el momento idóneo para pararse a echar cuentas y compensar las pérdidas generadas por un fondo de inversión, acciones o derivados financieros, con las ganancias patrimoniales obtenidas en el ejercicio. El Colegio de Gestores Administrativos de Galicia recuerda al respecto que «no se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses posteriores a la venta».

Desde Gestha apuntan que la última reforma fiscal eliminó los compartimentos estancos para compensar rendimientos de capital mobiliario con ganancias y pérdidas patrimoniales, de forma que desde el 2015 se permite que los rendimiento negativos del primero se compensen con las ganancias patrimoniales. 

6. Ayudas y donativos

El PIVE tributa, pero ser solidario desgrava. Año tras año los expertos recuerdan que las subvenciones y las ayudas que el contribuyente haya recibido tributan, excepto que la ley del IRPF la declare exenta. Así, por ejemplo, hay que declarar las ayudas del plan PIVE o del Movea, o para la compra de vivienda. En el caso de que el contribuyente viva en una comunidad de vecinos y esta haya recibido subvención para, por ejemplo, instalar el ascensor, deberá declarar el importe percibido por la comunidad en proporción a su cuota de participación. Los asesores fiscales insisten igualmente en que, en el caso de las mujeres que hayan percibido prestación de la Seguridad Social por maternidad, «el criterio administrativo la considera una renta no exenta, aunque algún tribunal opina lo contrario». Es decir, debe declararse.

En el platillo contrario de la balanza están las aportaciones a oenegés o entidades solidarias, que desgravan (hay que conservar los justificantes) un 75 % de los primeros 150 euros donados y un 30 % el resto. Este porcentaje sube al 35 % si se dona a la misma organización y la cuantía no ha disminuido en los últimos tres años. Las cuotas sindicales o de afiliación a partidos políticos, las de colegios profesionales obligatorios y los gastos de defensa jurídica contra el empleador también desgravan.

7. Profesionales 

Tener el despacho en casa. Los empresarios o profesionales que trabajen desde casa podrán deducir los gastos de titularidad del inmueble (IBI, comunidad, tasas...) en proporción a la superficie que destine a su actividad, explica el Reaf, para añadir que también podrán descontarse un porcentaje, en función del tiempo que destine a su actividad, sobre gastos de suministros como internet, luz, agua o calefacción. «En el 2018 la ley fija ese porcentaje en el 30 % para evitar litigiosidad», añaden. Lo cierto es que es algo complejo. 

8. Impulsar las empresas

Hasta 1.350 euros de ahorro. «Quienes tengan previsto crear una empresa en los próximos cuatro años mediante la reforma de sociedad limitada nueva empresa pueden deducir el 15 % de las aportaciones a una cuenta ahorro-empresa, con un límite de 9.000 euros anuales», explica el Colegio de Gestores Administrativos de Galicia. El ahorro se traduce en 1.350 euros. 

9. Planes de pensiones

Entre entusiastas y detractores. El Gobierno está ultimando cambios en el reglamento para elevar el atractivo de este alicaído vehículo de ahorro para la jubilación: lo aportado podrá rescatarse, además de en caso de enfermedad grave o paro de larga duración, también en un plazo de años desde su apertura sin límite ni penalización, y tendrá comisiones más reducidas. Actualmente permiten rebajar la base imponible del contribuyente (la aportación máxima para los menores de 50 años es de 8.000 euros y de 12.500 para los mayores de esa edad), pero las sucesivas reformas les han ido quitando poder de seducción fiscal. 

10. Jubilación

Planificar cuándo y cómo. Cuando y cómo rescatar el plan de pensiones no es una cuestión menor, ya que una mala decisión puede hacernos perder la mitad de la hucha. Ver en qué año fiscal es más conveniente hacerlo y cómo aplicarnos la reducción del 40 % en el IRPF (si se rescata en forma de capital en unos plazos fijados) es clave para rentabilizarlo.