El Parlament podría habilitar el voto telemático con una reforma exprés

Europa Press

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MARTA PEREZ | Efe

Los independentistas podrían modificar el reglamento para poder investir a Puigdemont haciendo uso de un procedimiento avalado por el Constitucional

29 dic 2017 . Actualizado a las 00:48 h.

Los grupos independentistas podrían modificar el reglamento del Parlament para habilitar el voto telemático ante una eventual investidura de Carles Puigdemont (JuntsxCat) haciendo uso de la reforma avalada por el Tribunal Constitucional (TC) que permite tramitar propuestas por la vía de máxima urgencia.

El reglamento del Parlament no permite el voto telemático como sí ocurre en otros parlamentos -incluido el Congreso de los Diputados-, y especifica que el candidato que quiera ser investido debe presentar «ante el pleno» su propuesta, descartando así que pueda hacerlo telemáticamente. Tampoco está permitido el voto telemático y, por lo tanto, ni Puigdemont ni los diputados electos presos o en Bélgica podrían votar en una investidura, poniendo en riesgo así la mayoría independentista.

Para reformar el corpus jurídico de la Cámara, el reglamento fija que debe crearse una ponencia redactora para que elabore en un plazo de tres meses una proposición de ley que debe ser posteriormente aprobada por el pleno por mayoría absoluta -que los independentistas han reeditado tras el 21D-. Teniendo en cuenta ese plazo de tres meses, sería complicado poder aprobar el voto telemático antes de que el 7 de abril se agoten los plazos para investir a un nuevo presidente del Govern, pero el Constitucional avaló que puedan hacerse trámites por la vía de la máxima urgencia, reduciendo los plazos al mínimo, y que se puedan aprobar mediante lectura única: ahora bien, el tribunal señaló que se debía garantizar el derecho a enmiendas de los grupos.

La sesión constitutiva del Parlament, en la que se elige el presidente del Parlament y los miembros de la Mesa, puede hacerse hasta el martes 23 de enero de 2018: después se abre un plazo de 10 días hábiles para que el presidente de la Cámara proponga la investidura de un candidato a la Presidencia de la Generalitat. Esto situaría el plazo máximo hasta el martes 6 de febrero: entonces se sometería a una primera votación y, si no lograra la mayoría absoluta de los votos, dos días más tarde se celebraría una segunda votación, donde al candidato le valdría la mayoría simple para ser investido. Si tampoco lo lograra entonces, se abriría un plazo máximo de dos meses para encontrar un candidato, lo que situaría la fecha límite para votar un presidente de la Generalitat al sábado 7 de abril; si no fuera posible, se volverían a convocar elecciones.

Se trata de un corto periodo de tiempo para impulsar una reforma del Parlament que permita el sistema telemático en los plazos establecidos por el reglamento, si bien se puede hacer uso de la reforma exprés para reducir el periodo y darle luz verde antes de una eventual investidura de Carles Puigdemont.

Voto delegado

Otra opción para poder investir a Puigdemont es el voto delegado, que también requeriría una reforma del reglamento del Parlament para poder generalizarlo ya que ahora está limitado a casos de maternidad, paternidad y enfermedad. De hecho, en la polémica reforma del reglamento del Parlament que impulsaron los grupos independentistas, se modificó el voto delegado para incluir los casos de paternidad y enfermedad, ya que hasta entonces estaba limitado a casos de maternidad. Ahora debería volverse a modificar para incluir otros preceptos que permitan el voto delegado a los que pudieran acogerse los diputados electos presos o en Bélgica.