El juez rebaja a desorden público la acusación a la líder de los CDR y la libera

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EFE | Alejandro Garcia

Tan solo le impone comparecer semanalmente en el juzgado de guardia

13 abr 2018 . Actualizado a las 01:37 h.

Tamara Carrasco, la auxiliar administrativa de 34 años detenida el pasado martes en la operación Cadera, salió ayer poco antes de las tres de la tarde de la Audiencia Nacional con destino a su domicilio en Viladecans (Barcelona). Tras pasar 48 horas en dependencias de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid, la activista arrestada por presuntamente coordinar las acciones de sabotaje de los llamados Comités de Defensa de la República (CDR) compareció ante el juez Diego de Egea, de refuerzo en el Juzgado Central de Instrucción número seis, tras acogerse antes a su derecho a no declarar ante los agentes del instituto armado.

Carrasco llegó a la Audiencia Nacional en un vehículo policial poco antes de las diez de la mañana y entró en la sala de declaraciones pasadas las 13.30 horas. La Guardia Civil y la Fiscalía de la Audiencia Nacional habían justificado su detención por la comisión de los delitos de rebelión y terrorismo. Desde que se conoció la noticia circuló su foto a cara descubierta tras ser arrestada en su domicilio y varias informaciones sobre la presencia de «indicios» en su vivienda que vendrían a reforzar las acusaciones.

JOSEP LAGO | Afp

Sergi Atienza, abogado de Carrasco, aconsejó a su cliente que se acogiera también a su derecho a no declarar ante el juez. Le hizo caso, y en apenas 45 minutos concluyó la comparecencia. El teniente fiscal Miguel Ángel Carballo reclamó para la mujer prisión provisional sin fianza por la gravedad de los delitos y los riesgos de reiteración delictiva y de fuga.

Control domiciliario

Sin embargo, el juez Diego de Egea dio un puñetazo en la mesa y apenas 15 minutos después de concluir la declaración echó por tierra la tesis delictiva de la Fiscalía y de la Guardia Civil con un auto demoledor: libertad provisional para la detenida, imputada solamente por un delito de desórdenes públicos. Un tipo penal que, a diferencia de la rebelión, conlleva penas menores, de seis meses a tres años de prisión o hasta seis años si es agravado, según la reforma penal que entró en vigor en julio del 2015.

Eso sí, el magistrado le impuso medidas cautelares restrictivas: comparecencias todos los lunes en el juzgado de guardia, prohibición de salida del municipio de residencia salvo para acudir al trabajo si este estuviera en otro, prohibición de salida del territorio nacional y facilitar domicilio y teléfono donde pueda estar localizable de forma permanente. Asimismo, De Egea dictó una orden de detención respecto del segundo acusado que iba a ser detenido, residente en la localidad barcelonesa de Esplugas de Llobregat, y que no fue localizado el martes.

Frente a los argumentos del juez, el teniente fiscal Carballo señaló que la investigada «habría desarrollado actividades de dirección y coordinación en actos de sabotaje, formando parte de un reducido equipo de dirección que determina las pautas de actuación y las consignas de movilización de estos grupos», en alusión a los CDR.

Son «actos de rebeldía encaminados a normalizar la desobediencia y exteriorizar la confrontación con el Estado, trasladando a la calle con actuaciones violentas el proceso soberanista catalán que se investiga en el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional, como una clara una amenaza directa al orden constitucional establecido».