El Constitucional da la razón al Congreso frente a los vetos presupuestarios del Gobierno

Efe

ACTUALIDAD

benito ordoñez

El Ejecutivo de Mariano Rajoy se escudó en la Constitución para vetar las proposiciones que alteraran los presupuestos

17 abr 2018 . Actualizado a las 14:54 h.

El Tribunal Constitucional ha resuelto a favor del Congreso el conflicto de atribuciones que el Gobierno de Mariano Rajoy presentó cuando la Mesa de la Cámara Baja levantó dos vetos presupuestarios impuestos por el Ejecutivo relativos a la LOMCE y a la reforma laboral. Así, el fallo recorta los límites que, a través del veto, puede imponer el Gobierno al Parlamento a partir de las prerrogativas que la Constitución le confiere para defender el equilibrio presupuestario.

El conflicto fue planteado en enero del 2017 por el ejecutivo cuando la Mesa del Congreso no aceptó los vetos citados. La sentencia de hoy, de la que ha sido ponente el magistrado Fernando Valdés-Re y que se ha resuelto por unanimidad, se refiere en concreto al veto relativo a la LOMCE, aunque será de aplicación a otros. El Gobierno argumentó que la Constitución le permite vetar cualquier proposición legislativa que altere las previsiones de gastos o ingresos de los presupuestos y que el Congreso había ignorado sus atribuciones.

Tras reconocer que «esta es la primera ocasión en la que debe abordarse la interpretación del artículo 134 de la Constitución» en el marco de un conflicto entre órganos constitucionales, el alto tribunal descarta una «interpretación extensiva» de ese precepto, que fue el esgrimido por el Gobierno en su conflicto. El artículo 134 de la Constitución establece que «toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación».

Para el TC, la limitación que, en defensa del control del ejecutivo sobre los presupuestos, fija ese artículo, «solo es predicable de medidas que incidan directamente sobre el Presupuesto aprobado, esto es, sobre los gastos e ingresos del sector público estatal», sin que quepa una «interpretación extensiva». «Lógicamente, rara vez las iniciativas parlamentarias serán enteramente neutrales en relación con las cuentas públicas, de modo que cualquier propuesta de medida legislativa es susceptible de tener un impacto sobre el volumen de los ingresos y gastos públicos, siquiera de forma hipotética o indirecta o, en todo caso, un impacto económico sobre alguna política pública», dice la sentencia.

«Ahora bien», añade, «la prerrogativa del Ejecutivo a que se refiere el artículo 134 de la Constitución, cuyo efecto limitador de la actividad misma del Legislativo es evidente, se ciñe a aquellas medidas cuya incidencia sobre el Presupuesto del Estado sea real y efectiva».

Los antecedentes de este conflicto en concreto, cuya resolución se aplicará a otros, arrancaron cuando la Mesa del Congreso aprobó el 18 de octubre del 2016 la toma en consideración por el Congreso de la proposición de ley orgánica presentada por el Grupo Parlamentario Socialista sobre la suspensión del calendario de la implantación de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa.

El Gobierno vetó esa proposición del PSOE para detener el calendario de aplicación de la LOMCE, con el argumento de que la Constitución se lo permite, en defensa del equilibrio presupuestario, y el Congreso no atendió su imposición. El ejecutivo acudió al TC y ahora el alto tribunal le ha dado la razón a la Mesa del Parlamento.