Un jurado popular juzgará al Chicle por matar a Diana y por delito sexual

Marta Gómez Regenjo
Marta Gómez RIBEIRA

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Debe decidir si la muerte de la joven madrileña fue un homicidio o un asesinato

03 may 2018 . Actualizado a las 09:37 h.

La causa que se sigue contra José Enrique Abuín Gey, el Chicle, por la desaparición y muerte de Diana Quer dio ayer un nuevo paso al decretarse por parte del Juzgado de Instrucción número 1 de Ribeira la incoación del proceso para que el único acusado en relación con los hechos que acabaron con la vida de la joven madrileña sea dictaminado por un jurado popular. La notificación de esta decisión por parte del instructor de la causa determina además los delitos que, en principio, se imputan al Chicle. Según el auto, de las diligencias practicadas hasta la fecha «se desprende que los hechos objeto de investigación en las presentes actuaciones resultarían constitutivos de delitos de homicidio o asesinato, detención ilegal y contra la libertad sexual».

El juez, Félix Isaac Alonso, deja abierta la puerta a una posible condena por asesinato y también por delito sexual, cuestiones que serán claves a la hora de dictar sentencia, puesto que, de ser declarado culpable, podrían acarrear al acusado la pena de prisión permanente revisable. Concluye el instructor que existen «motivos suficientes para la imputación» de Abuín Gey y descarta que tuviera ayuda. Según su relato, de las actuaciones practicadas «no se desprende la existencia de indicios de la comisión de otros ilícitos ni la participación de otras personas».

En cuanto a que no vayan a ser jueces profesionales los encargados de emitir un veredicto con respecto a la responsabilidad del Chicle en la muerte de Diana Quer, el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Ribeira recuerda en su escrito que, conforme a la Ley del Tribunal del Jurado, este «resulta competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos de homicidio».

Delitos conexos

Reconoce asimismo que el jurado popular no tiene atribuidas las competencias exclusivas para enjuiciar los presuntos delitos de detención ilegal y contra la libertad sexual de los que se acusa a José Enrique Abuín, pero considera que estos resultan conexos con el de homicidio o asesinato.

En este sentido, el artículo 5 de la ley determina que sus atribuciones se extenderán a los delitos conexos en el supuesto de que alguno de ellos se haya cometido para perpetrar otros, facilitar su ejecución o para procurar su impunidad.

Una vez iniciado el procedimiento para el juicio, el instructor ha de convocar al acusado en el plazo de cinco días para concretar la imputación contra él, algo que ya ha hecho, citando tanto al Chicle como a las demás partes personadas en la causa para mañana al mediodía en la sede judicial ribeirense.

En el transcurso de esta vista, el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares intervendrán para precisar la imputación y solicitar las diligencias de investigación que estimen necesarias, algo que también tendrá oportunidad de hacer la defensa. Tras escuchar a las partes, el juez decidirá la pertinencia de las actuaciones solicitadas.

Proceso más farragoso

Con respecto al proceso que se seguirá a partir de ahora hasta la celebración del juicio, abogados consultados explicaron que la principal diferencia es la elección de los miembros del jurado y la posibilidad de impugnar la designación de parte de sus miembros si se considera que pueden estar condicionados, con lo que resulta un trámite más farragoso que el procedimiento ordinario.

En cuanto al magistrado que presidirá la sala, su papel será el de dictar sentencia y guiar al jurado formulando las preguntas a las que deberá dar respuesta en su veredicto.