España pagará 49.000 euros al día de multa si no garantiza el derecho a una cuenta bancaria

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

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Pili Prol

Seis meses después de aprobar el decreto, Economía aún no ha fijado la comisión máxima que la banca aplicará al producto

18 may 2018 . Actualizado a las 07:09 h.

La Comisión Europea propuso este jueves al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que le imponga a España una multa de casi 48.919 euros diarios a partir del día en el que confirme en una sentencia que el país no ha traspuesto, es decir, no ha incorporado completamente al ordenamiento jurídico nacional, la directiva europea sobre cuentas de pago, una norma del 2014 que garantiza el acceso de todos los ciudadanos -incluso de aquellos que no sean rentables para las entidades financieras, de bajos recursos o sin domicilio- a una cuenta bancaria para realizar operaciones básicas.

Bruselas destaca que esta normativa europea es «esencial» porque «concede a todos los residentes legales de la UE el derecho a poseer una cuenta de pago básica con un coste razonable, independientemente de su lugar de residencia», además de mejorar la transparencia de las comisiones y facilitar la comparación entre cuentas y el cambio de cuenta. Los Estados miembros tenían como límite el 18 de septiembre del 2016 para trasponer la directiva e informar inmediatamente de ello a la Comisión.

Pero España no cumplió. El 24 de noviembre del pasado año, es decir, más de un año después de expirar el plazo, el Ejecutivo aprobó un real decreto en el que incorporaba parcialmente la citada directiva, al acabar -sobre el papel- con la exclusión financiera. Sin embargo, seis meses después la trasposición completa sigue pendiente, ya que Economía aún no ha aprobado la orden ministerial en la que se deben fijar las comisiones máximas que los bancos podrán cobrar a los clientes que soliciten la apertura de estas cuentas básicas.

Más de un año de retraso

La Comisión Europea decidió llevar a España ante el TJUE en octubre del 2017, un año después de enviarles a las autoridades españolas una carta emplazándolas a hacer los cambios normativos pendientes. Como la respuesta del Ejecutivo no ha sido satisfactoria en el tiempo transcurrido, Bruselas ha pedido ahora al Tribunal de Luxemburgo que le imponga una «multa coercitiva» diaria de casi 50.000 euros desde el día en que se dicte sentencia sobre el asunto y hasta que la directiva «haya quedado traspuesta completamente y esté en vigor en el derecho nacional».

Será el Tribunal de Justicia el que decida el importe final de la multa diaria, pero no podrá exceder el propuesto por la Comisión, según explicó ayer Bruselas en una nota.

Por su parte, desde el Ministerio de Economía explican que la incorporación de la citada normativa europea a la legislación nacional está ya en su recta final, puesto que la orden ministerial ya completó la fase de consulta pública y ahora solo resta la de audiencia pública, por lo que se prevé que su aprobación «sea rápida». No concretaron plazos, aunque el decreto aprobado en noviembre fijaba en tres meses el límite temporal para los flecos pendientes (las citadas comisiones máximas para que la banca comercialice el producto), un plazo que ya se ha doblado.

Asimismo, fuentes de Economía subrayan que la sanción propuesta por Bruselas «no tiene por qué llegar a materializarse». Explican que es probable que para cuando concluya el procedimiento ya esté aprobada la orden ministerial que cerrará la trasposición.

Fuentes financieras destacan que, a diferencia de otros países europeos, el impacto de esta normativa será mínimo en España, ya que el país está plenamente bancarizado «y prácticamente todo el mundo tiene una cuenta corriente».