Los ricos que heredan empresas tienen derecho a llorar

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Emiliano Mouzo

¿Cuánto se desenfunda a las arcas públicas por una herencia de 8 millones de euros? Depende de cada comunidad autónoma

17 jun 2018 . Actualizado a las 08:37 h.

Desde siempre se ha dicho que con las cosas de comer no se juega. Y me atrevería añadir que mucho menos cuando Hacienda está por medio. Lo curioso, es que el fisco siempre se presenta para pedir su parte cuando hay dinero. Lo penoso es que en este país no hay una sola hacienda, sino que se cuentan al menos 17, una por comunidad autónoma, a las que hay que sumarle la estatal. Es fácil, por lo tanto, que cualquiera pueda volverse loco si quiere estar al día del galimatías de legislación fiscal que convive en este país.

El gráfico que acompaña esta página, que fue presentado por el Instituto de la Empresa Familiar en Galicia, perfila de manera muy escueta -no aparecen peculiaridades legislativas existentes en los territorios- cuatro ejemplos de lo que se debe desembolsar por una herencia o una donación que incluya una sociedad. Las diferencias de tributación entre comunidades son tan importantes que dejan con cara de tonto al que más le toque pagar.

Vayamos a la primera tabla. ¿Cuánto se desenfunda a las arcas públicas por una herencia de 8 millones de euros, de los que dos millones corresponden a acciones de una empresa familiar? El rango oscila de los 2 millones en Andalucía y Asturias, hasta menos de 20.000 euros en Madrid, Extremadura y Canarias.

Si los ocho millones se corresponden en su totalidad con el valor de una empresa familiar (cuadro dos), la cuota a pagar según la normativa a pagar va de los cero euros en Asturias, Navarra, Castilla-La Mancha, Galicia y País Vasco, hasta los 33.200 en Cataluña. Las tablas tres y cuatro ilustran los mismos ejemplos para las donaciones. En el gráfico tres, las diferencias que se observan son tan relevantes que pueden llevar a oscilar entre el pago de 2,2 millones de Andalucía y Asturias frente a los 138.882 en Canarias. En la tabla 4, de la que se deduce la protección en la transmisión de la empresa, las diferencias van de los casi 56.000 euros en Valencia a los cero en Navarra. Visto lo visto, uno puede entender que los herederos de empresas, por ricos que sean, también pueden llorar o, al menos, tienen derecho a hacerlo. Viendo la torre de babel fiscal que ha construido la competitividad entre autonomías, llama la atención que no haya más deslocalizaciones porque a los empresarios les bastaría con cambiar el domicilio fiscal de su compañía. No es fácil, pero se puede.